El hijo de Jaime Botín pagó 1,8 millones por Falciani y la Renta le salió a devolver

  • El Supremo rechaza que pueda recobrar ese dinero que tuvo que ingresar tras descubrirse sus cuentas en el HSBC de Ginebra.

    El sobrino del expresidente del Santander mantenía que el derecho de la Administración a cobrar su deuda había prescrito.

Jaime Botín
Jaime Botín
EFE
M.A

A Marcelino Botín, sobrino del fallecido Emilio Botín e hijo de su hermano Jaime, la declaración de la renta de 2005 le salió a devolver. Y no una cantidad precisamente pequeña: 29.826,69 euros exactamente. Pero cinco años después, los datos sustraídos por Hervé Falciani de los servidores del HSBC de Ginebra, revelaron que tanto él como su padre, su tío y otros miembros de la dinastía de banqueros -entre ellos, la actual presidenta del Santander, Ana Patricia- mantenían cuentas en Suiza por las que no habían tributado. Para evitar una posible condena, Marcelino tuvo que pagar casi 1,8 millones a Hacienda. La fiscalía denunció a todo el clan, pero el juez archivó el caso al estimar que habían regularizado.

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El dato de la declaración del IRPF se recoge en la sentencia por la que el Supremo le ha denegado su pretensión de que Hacienda le devuelva ese dinero. Idéntica reclamación han presentado tres hermanos suyos y su padre y, aunque el alto tribunal no ha decidido aún en esos otros cuatro casos, la respuesta, con toda probabilidad, será la misma. Todos ellos mantienen que la Agencia Tributaria, ante la que tuvieron que presentar declaraciones complementarias para que se archivara la denuncia contra ellos, ya no podía reclamarles lo que tuvieron que pagar de más por sus fondos ocultos. Que el derecho de la administración a cobrar había prescrito en 2010, cuando pagaron.

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Pero la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, como antes la propia Hacienda y la Audiencia Nacional, lo niega. Los magistrados admiten que el derecho de Hacienda a cobrar prescribe a los cuatro años, pero recuerdan, al mismo tiempo, que los delitos contra la Hacienda Pública caducan a los cinco. Y Botín presentó su declaración complementaria en un momento en que su deuda tributaria había prescrito, pero no el delito por el que finalmente se le denunció. Y la finalidad que buscó con ese pago fue, precisamente, evitar una posible condena. ¿La razón? El defraudador que regulariza antes de que se le abra una inspección o un proceso penal, queda exento del delito fiscal.

El envío por las autoridades francesas de los datos de Falciani a la Agencia Tributaria española derivó en la apertura de una causa penal contra los Botín en el Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional. La fiscalía denunció en junio de 2011 a Emilio Botín, su hermano Jaime, sus hijos Ana Patricia, Francisco Javier, Carmen, Emilio y Paloma y los hijos de Jaime (Lucrecia, Marcelino, Gonzalo, Marta y Alfonso) por delitos contra la Hacienda Pública. Pero la causa fue archivada un año más tarde al considerar que habían regularizado su situación tributaria.

Hacienda dio un trato de favor tanto a los Botín como al resto de personas que aparecían en la lista del informático francoitaliano, lo que puso en pie de guerra tanto a los inspectores como a los técnicos de Hacienda. En lugar de abrirles directamente una inspección, lo que hubiera impedido que evitaran condenas por delitos fiscales, se les envió un requerimiento; una carta en la que se les informaba del descubrimiento de sus cuentas suizas y se les invitaba a regularizar. En total, la familia tuvo que abonar unos 200 millones de más para evitar un posible juicio y una condena.

Por eso, el Supremo considera ahora que reclamar esos 1,8 millones de euros después de que el proceso penal contra ellos fuera archivado en 2012 es “contrario a sus propios actos”, “y hasta podría calificarse como fraude de ley”, ya que el ingreso de ese dinero se realizó “para conseguir la exoneración de la responsabilidad penal”. Pedir que se le devuelva esa cantidad significaría “burlar el pronunciamiento penal”, es decir, el archivo de la causa, que solo se consiguió gracias a ese dinero. Por todo ello, la sentencia considera que el pago fue “debido” y no “indebido”, en contra de lo que sostenía Marcelino Botín.

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