España revisará en los próximos seis meses su relación fiscal con 65 países

  • El proceso servirá para adaptar los convenios de doble imposición firmados por España al estándar mínimo acordado por la OCDE y aumentará su efectividad, según el Ministerio.

    Los expertos coinciden en la ineficacia del llamado paquete BEPS a la hora de enfrentar el riesgo fiscal asociado a las multinacionales tecnológicas.

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro.
El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro.
B. P. V.

El Ministerio de Hacienda deberá abordar en lo que queda de año la titánica tarea de revisar y reescribir 65 convenios de doble imposición firmados con diferentes países en el pasado para adaptar su contenido a las directrices marcadas por la OCDE y aceptadas por España, además de por otro centenar de países.

"El esfuerzo es muy grande", reconocen desde la Subdirección General de Fiscalidad Internacional, "pero tenemos que hacerlo para garantizar el éxito del Convenio Multilateral". ¿Y qué es esto del Convenio Multilateral? Pues la herramienta impulsada desde la OCDE, respaldada en principio por 54 economías desarrolladas y apuntalada por la adhesión de cerca de 200 países, para regular las condiciones mínimas de intercambio de información fiscal que deben regir las relaciones entre los países para evitar lo que la OCDE denomina la erosión de las bases imponibles o, de otro modo, las consecuencias indeseadas de las estrategias fiscales de las multinacionales que se refugian en países de baja tributación para eludir sus obligaciones en los países donde realmente generan mayores beneficios.

La OCDE calcula que por estos resquicios se pierden anualmente hasta 240.000 millones de dólares (más de 200.000 millones de euros) y también buena parte de la conciencia fiscal de las empresas cumplidoras. La fórmula mágica para evitar esta sangría pasa por la cláusula anti-abuso cuyo fin no es otro que evitar el llamado 'treaty shopping', una práctica según la cual las multinacionales aprovechan la suscripción de convenios de doble imposición de grandes países con otros de baja tributación para situar su base en éstos últimos y reducir así la factura fiscal que deberían pagar en los primeros.

El Convenio prevé otras disposiciones sobre cálculo de precios de transferencia en operaciones intragrupo, definición del concepto de establecimiento permanente (el concepto jurídico que permite a una administración fiscal gravar la actividad realizada por una multinacional en su territorio), realización de inspecciones tributarias conjuntas o resolución de conflictos por la vía del arbitraje.

Todo ello deberá ser incluido por la Administración Tributaria española en los 65 convenios de doble imposición que se revisarán en los próximos meses. No están todos los que son. De los 93 países que tienen firmados convenio de doble imposición con España, alrededor de una treintena no se revisarán, bien porque no es necesario o bien porque los países firmantes realizaron una reserva respecto a los aspectos incluidos en el Convenio Multilateral.Inseguridad Jurídica 

La inminente entrada en vigor del Convenio BEPS y de todas las novedades que plantea han sido el objeto de una jornada informativa celebrada en el Instituto de Estudios Fiscales. Allí, asesores y empresas expresaron sus reservas respecto a la aplicación de este nuevo marco fiscal multinacional y solicitaron el compromiso de la Administración Tributaria española para evitar que su aplicación dispare la litigiosidad.

Los asesores fiscales recordaron que para las empresas multinacionales el marco fiscal supone el tercer factor más importante de su competitividad e instaron a la Administración a aprovechar la implantación de este nuevo estándar de intercambio de información para impulsar una relación más colaborativa, y menos conflictiva, entre empresas y Agencia Tributaria.

El Ministerio de Hacienda cree que el proceso de implantación del Convenio BEPS mejorará la eficacia de los convenios de doble imposición y, según asesores y empresas, se traducirá al cabo en una mejora de los ingresos para el erario público, al impedir determinadas prácticas que erosionaban la recaudación fiscal.

En el 'debe' del procedimiento su incapacidad para resolver una de las cuestiones que figuraban como objetivo de la iniciativa de la OCDE: el establecimiento de un patrón común para resolver el problema de la tributación de la economía digital.

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