Directores de instituto alaban reconocer en el decreto nombramientos extraordinarios y el "equilibrio" en comisiones

  • La Asociación de Directores de Instituto de Andalucía (Adian) han conocido este miércoles por boca de la consejera andaluza de Educación, Sonia Gaya, los términos en los que se ha aprobado el decreto por el que se regula el procedimiento para la selección, nombramiento, evaluación, formación y reconocimiento del personal de dirección de los centros docentes públicos no universitarios en una reunión mantenida con la responsable autonómica.
EUROPA PRESS

En este sentido, el presidente de Adian, Gabriel Ureña, ha explicado a Europa Press que la inclusión de dos reivindicaciones del colectivo --a instancias de la propia consejera-- han sido claves a la hora de que "hayamos acabado aceptando un decreto que teníamos un poco cuesta arriba".

Se trata de aspectos que los directores consideran de importancia y que sin embargo no estaban en el borrador inicial del texto, siendo uno de ellos el reconocimiento a nivel económico y administrativo de todos los directores que han sido nombrados con carácter extraordinario, "algo que habíamos reivindicado muchas veces pero no nos concedieron".

Otra cuestión de interés para la asociación es que, ante la queja de que existía "mucha presencia" de la administración en las comisiones de selección, "se ha equilibrado y podrá haber más miembros de los centros educativos", aspiración que perseguía que "no fuese gente de fuera, sino los padres y profesores los que aproximadamente en un 50 por ciento pudieran elegir al director para desempeñar esa autonomía".

A partir de ahora, añade Ureña, se procederá a la selección, formación y evaluación de los directores, "algo aún un poco condicionado por la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE)", si bien "se ha mantenido lo que pedíamos desde Andalucía para fortalecer el carácter pedagógico, didáctico y educativo".

La norma establece que la selección de la dirección de un centro público se realizará mediante un proceso en el que participen la comunidad educativa y la administración. Se llevará a cabo por un concurso de méritos entre docentes funcionarios que impartan alguna de las enseñanzas del centro y de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.

Respecto a los requisitos de los aspirantes para acceder a la dirección, el nuevo texto añade el de estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado un curso de formación o de actualización sobre el desarrollo de la función directiva.

Se mantienen los demás requerimientos, como tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente, haber impartido docencia directa como funcionario durante al menos cinco años en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro al que se opta y presentar un proyecto de dirección que recoge, entre otros aspectos, el conocimiento del centro y su entorno; la gestión de la organización, de los recursos y de los equipos humanos; medidas encaminadas a potenciar la participación de las familias; o líneas específicas de actuación para la mejora de la calidad y la equidad de la educación. Este proyecto, que supone el 50 por ciento del total de la valoración de la candidatura, deberá ser presentado ante la Comisión de Selección, el Claustro de Profesorado y el Consejo Escolar.

El profesorado que reúna estos requisitos podrá presentar en cada convocatoria una o varias candidaturas para acceder a dirigir uno de los centros docentes públicos por los que opte.

RECONOCIMIENTO PROFESIONAL

Respecto al reconocimiento del ejercicio de la función directiva, el nuevo decreto mantiene que el cargo será retribuido de forma diferenciada en consideración a la responsabilidad y dedicación exigidas. Asimismo, será especialmente valorado en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo públicos docentes y para la participación en órganos o comisiones de consulta y asesoramiento.

Aquellos que reciban una evaluación positiva mantendrán, mientras permanezcan en activo, la percepción del complemento retributivo correspondiente. Igualmente, el decreto introduce como novedad la posibilidad de consolidación del complemento específico por parte de los directores en funciones, además de los nombrados con carácter extraordinario por un año de duración.

Asimismo, la Junta ha reforzado la formación para el desempeño de la función directiva con la convocatoria de cursos específicos y de actualización de competencias en los que participa el profesorado de los centros docentes públicos. En este aspecto, el decreto incorpora también novedades, como una oferta de actividades formativas para directores y equipos directivos adecuadas a las necesidades de sus funciones. Con la nueva norma desaparece la formación inicial y el año de prácticas que debían realizar los nuevos directores.

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