PSN gana al Consorcio de Seguros un pulso de décadas por cubrir a los médicos

  • Los tribunales obliga al organismo público de seguros a asumir una factura de 12,1 millones que intentaba endosar a la mutua
Urgencias, Navarra, Hospital, centro médico, médicos, centro de salud
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EFE

Pocas veces un problema se enquista tanto. La justicia acaba de zanjar la vieja disputa por la cobertura social de los médicos no laborales o figura casi equivalente a autónomos que enfrentaba desde hace varias décadas a Previsión Sanitaria Nacional (PSN) y el Consorcio de Compensación de Seguros, organismo dependiente del Ministerio de Economía que ahora deberá hacerse cargo de 12,1 millones de euros por la asistencia en litigio a los profesionales médicos.

El problema tiene su origen en una especie de Seguridad Social denominada Régimen de Asistencia Médico-Farmaceútica y de Accidentes de Trabajo (AMF-AT) vigente desde 1953. Era de adscripción obligatoria cuando los facultativos se colegiaban. Las entidades de asistencia médico-farmaceútica donde entraban a trabajar les afiliaban al sistema gestionado por Previsión Sanitaria Nacional (PSN).

La mutua empezó a lanzar la voz de alarma sobre el riesgo de quiebra en el año 1987 ante la progresiva caída de cotizaciones o aportaciones para una cartera de beneficiarios consolidada y elevada -como en todo sistema de reparto, si no hay contribuyentes será difícil cuadrar las cuentas cuando falten los ingresos para atender a prestaciones seguras-.

El Gobierno acabará dándole la razón en 1999 con un mandato dentro de los Presupuestos Generales del ejercicio para solventar el problema que se avecinaba. Sin embargo pasará otra década hasta que en el real decreto 565/2010 de ese mismo 2010 extingue el régimen AMF-AT y sus beneficiarios serán incorporados a la Seguridad Social -unos 5.000 en aquel momento, incluyendo trabajadores en activos y pensionistas o sus beneficiarios- .

En el entretanto las dificultades presupuestarias ‘embalsan’ compensaciones económicas que derivan en una alta judicialización por demandas desatendidas de afectados  (el sistema cubría contingencias de pensiones, bajas laborales, prestaciones por orfandad o jubilación, en equivalencia a la Seguridad Social).

Hasta ese cambio de ley, en el ejercicio 2010, el coste por las compensaciones las asumirá PSN, aún cuando la mutua alega que su rol es de mero gestor y la titularidad del sistema era pública, una tesis que llega a refrendar, incluso, la Dirección General de Seguros y de Planes de Pensiones dependiente de Economía.

La norma de 2010 resolvía el problema para la cobertura de profesionales bajo régimen laboral y mercantil derivando la factura, según dicha clasificación laboral, a la Seguridad Social o el Consorcio de Compensación de Seguros. Pero esta última compañía, de gestión pública y dependiente de Economía, responsabilizaba a PSN. Hasta ahora, el juzgado de primera instancia nº 34 de Madrid dio la razón a la mutua, refrendada ahora con fallo firme en la Audiencia Provincial tras agotarse el plazo para recurrir sin activarlo. El Consorcio ya asume que deberá encarar como cierta la partida de 12,1 millones de euros que ha estado buscando repercutir a PSN.

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