En hipotecas

El BdE multa a Banca March con 525.000 euros por ocultar información al cliente

  • Se comprobó que no se entregaba en todos los casos la información precontractual necesaria, no incluyéndose los gastos de formalización asumidos.
Entrada edificio Banca March
Entrada edificio Banca March
BANCA MARCH - Archivo

El banco de España ha impuesto una sanción de multa a Banca March por importe de 525.000 euros -tras aplicar reducciones del 40% existentes en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo de las Administraciones Públicas-, prevista en el artículo 98.1 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 93.f) de dicha Ley 10/2014, consistente en la realización de actos u operaciones con incumplimiento de normas dictadas al amparo del artículo 5 de la misma Ley.

Se detectaron incumplimientos de la normativa aplicable (Orden 2899/2011 y Circular 5/2012 del Banco de España) porque se comprobó que no se entregaba en todos los casos al cliente la información precontractual necesaria, no incluyéndose información sobre los gastos de formalización asumidos.

Además, el Banco de España constató un deficiente cálculo de la TAE contenida en la información precontractual de la ficha de información personaliza del préstamo hipotecario (FIPER) y en la documentación contractual, por no incluirse en dicho cálculo todos los gastos y costes que en él deben ser tenidos en cuenta. El organismo presidido por Pablo Hernández de Cos estimó igualmente insuficiente la información dada al cliente sobre el coste de los productos vinculados.

Esta sanción se produce poco más de un año después de que otro organismo, en este caso la CNMV, multara a Banca March con 350.000 euros. ¿El motivo? La infracción muy grave al incumplir las obligaciones de información relativas a la evaluación de la conveniencia en operaciones de compra de clientes minoristas sobre instrumentos financieros complejos, así como las obligaciones de información respecto a la naturaleza y riesgos de las IIC comercializadas y de los instrumentos de renta fija a híbridos internacionales.

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