El Banco de España ata en corto a las web que comparan las cuentas bancarias

  • Una nueva normativa impondrá unos criterios para operar, desnudar las comisiones aplicables a los productos divulgados y estarán sujetas a control
Un 87% de los viajeros utiliza metabuscadores o comparadores para encontrar viajes
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La red de redes alentó una eclosión de comparadores de distintos productos y servicios que se han abierto camino en un terreno ‘gris’ o sin normativa específica, al albur de un consumidor cada vez más ávido de informarse antes de tomar decisiones de compra. A los especializados en productos bancarios y más específicamente a aquellos que cotejan cuentas bancarias se les agota esta etapa porque el Banco de España trabaja en una circular que supondrá en la práctica regular por vez primera su operativa.

El texto impondrá, básicamente, tres obligaciones: dar transparencia al juego de comisiones que acompaña a cada una de las ‘libretas’ sobre las que informan la web; y la circular establecerá unos requisitos que deberán reunir para ejercer una operativa, sujeta a partir de su entrada en vigor a un control del organismo. Entre las fórmulas para fijar dicha ‘supervisión’ podría lanzarse un registro asimilable al de las entidades financieras o la creación de una especie de sellos de certificación.

En este campo operan firmas como Kelisto.es, Rankia, Creditmarket, iAhorro o Busconómico, de pujante desarrollo con el auge de un consumidor que se informa, coteja y elige soluciones a medida de sus necesidades o, a menudo, lo hace a la caza de gangas y las mejores oportunidades. La brecha la abrieron comparadores de viajes o seguros pero se ha ido extendiendo a un amplio espectro de propuestas bancarias. La mayoría aúna, de hecho, una extensa diversidad de productos financieros -cuentas, tarjetas o créditos- y en algunos casos incluso propuestas no bancarias, tales como tarifas de la luz o teléfono.

El nuevo marco de juego se limita a las cuentas de pago -permiten realizar transacciones, abonos con tarjetas, domiciliaciones, disponer del dinero al instante, etc-, sin entrar en otro tipo de productos bancarios. La razón es que esta normativa llega por traslado de la directiva europea sobre cuentas bancarias básicas aprobada para evitar la exclusión financiera en el Viejo Continente garantizando el acceso de todos los ciudadanos a una ‘libreta’ transaccional con las prestaciones mínimas y comisiones bajas o, en su caso, gratuitas.

Su incorporación al ordenamiento jurídico descansaba en el Gobierno y el supervisor. Al Ejecutivo le corresponde regular en sí las cuentas de pago básicas, estableciendo sus características, y las condiciones para que un cliente pueda moverlas de una entidad a otra con facilidad (por ejemplo, llevarse las domiciliaciones o los traspasos, en bloque, con la cuenta). Al Banco de España le toca establecer criterios para facilitar la comparabilidad y para los comparadores.

La trasposición está ya fuera de calendario. El Consejo de Ministros dio el pistoletazo en su reunión del pasado 24 de noviembre con un Real Decreto-Ley, un paso que ha servido a la Comisión Europea para reconocer que se trabaja en ello y reducir la sanción a 48.919 euros diarios por no haber adoptado íntegramante la normativa en plazo.

La cuenta bancaria básica que todas las entidades deberán tener cuando entre en vigor si no la tienen ya en catálogo es un producto a la vista para las operaciones mínimas necesaria: cobros y pagos, poder efectuar transferencias y domiciliar ingresos o facturas, junto a una tarjeta de débito. A pesar de ser un servicio básico, las entidades podrá aplicar comisiones, cuyo tope fijará el Ministerio de Economía.

En la circular del Banco de España diseñará un informe estandarizado con las comisiones que las entidades deben reportar sobre estas cuentas -que pueden ser de distintas tipologías, como cuentas nóminas, viviendas, para estudiantes, etc- para entregarlo al ciudadano antes de su contratación y el supervisor las recogerá en su web para facilitar la transparencia y comparabilidad. Si incluyen otros servicios, además de los básicos, estarán obligadas  igualmente a reportarlos. De forma anual la futura ley impondrá a los bancos además rendir cumplido detalle a cada cliente sobre los gastos en comisiones efectivamente incurridos en las cuentas. 

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