También sobre las aseguradoras

Calviño estrecha el marcaje a la inversión de los fondos de pensiones en cotizadas

  • Economía les exigirá una 'carta de intenciones' sobre su implicación en la gestión de la entidad y la coherencia de la operación con su estrategia.
Fotografía de Nadia Calviño, foro Bloomberg / EFE
Fotografía de Nadia Calviño, foro Bloomberg / EFE

Las grandes fondos de pensiones de empleo, que copan los ránkings de los mayores inversores internacionales, y las compañías aseguradoras que entren en el capital de empresas cotizadas en alguno de los mercados españoles tendrán que revelar, a partir de ahora, qué intenciones hay detrás de esas tomas de participación y de qué manera encajan las mismas en la gestión de los intereses de sus partícipes o tomadores. Así lo ha decretado la Vicepresidencia de Asuntos Económicos y así lo ha aprobado este martes el Consejo de Ministros, en el marco de un amplio paquete regulatorio en materia de compañías de seguros y fondos de pensiones que concreta la transposición de tres directivas europeas pendientes de adaptación a la normativa doméstica, que amenazaban con derivar en una sanción al Reino de España.

La medida, una vez más, viene de Bruselas que desde hace un tiempo está impulsando lo que ha dado en llamar 'política de fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas', que no es otra cosa que asegurar en la medida de lo posible las nobles intenciones de los inversores institucionales que entran en el capital de las compañías cotizadas. El Real Decreto Ley aprobado este martes establece, en este sentido, la obligación de que tanto las compañías aseguradoras como los fondos de pensiones de empleo publiquen la orientación de sus políticas de inversión con cierto de nivel de detalle en los casos en que tomen una participación significativa en una empresa cotizada.

Según la información proporcionada por la Dirección General de Seguros, esta obligación formal se concretará en dos actuaciones concretas. Las entidades de esta naturaleza tendrán la obligación de hacer pública su política como inversores institucionales en sociedades cotizadas, lo que implicará una descripción somera de cuál va a ser su implicación en la gestión de las sociedades en que tome una participación, por ejemplo, si ésta va a ser activa y se va a hacer valer esa participación para influir sobre las decisiones de la compañía o por el contrario se va a adoptar una posición menos activa a nivel interno.

Por otra parte, esa 'carta de intenciones' deberá precisar aportar asimismo información relativa al encaje de la inversión realizada en la operativa de la aseguradora o el fondo de pensiones y, en concreto, con el perfil y la duración de los pasivos de éstas. Estas entidades arrastran un conjunto de restricciones regulatorias, que afectan al perfil de sus inversiones, determinadas por su propia naturaleza y por el imperativo de priorizar la atención de los compromisos adquiridos con sus partícipes y tomadores.

En  España el caso más paradigmático es el del CPPIB (Canada Pension Plan Investment Board), que gestiona las aportaciones a su pensión futura de 20 millones de trabajadores canadienses y que en los últimos tiempos ha tomado posiciones de manera muy significativa en empresas como Cellnex, pero que también ostenta participaciones millonarias en otras grandes cotizadas como Banco Santander, Enagás, Red Eléctrica, Aena, Acciona, Sacyr o Iberdrola. Hay otros fondos de pensiones de empleo que han aterrizado en España, como el de los profesores de Ontario, que adquirieron la funeraria Mémora hace unos años, pero no se han movido en el terreno de las empresas cotizadas.

Al nivel del resto de inversores institucionales

Al cabo, lo aprobado este martes por el Ejecutivo pone a dos de los grandes actores de la inversión institucional global -las aseguradoras y los fondos de pensiones de empleo- en el mismo nivel obligacional que el resto de grandes inversores. La recientemente remozada Ley de Sociedades de Capital iba incluso más allá y exigía a los inversores institucionales en empresas cotizadas dar explicaciones en relación a asuntos tan delicados como su orientación de voto en las juntas de accionistas, la justificación de esa posición o el eventual recursos a servicios de asesores de voto.

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