Castilla-La Mancha pincha al tasar pisos de 'El Pocero' por el doble de su precio

  • El TS aborda los criterios de las haciendas autonómicas para valorar los inmuebles en el pago de los impuestos asociados a su compraventa
Fotografía de Seseña
Fotografía de Seseña
José González

Fue una de las imágenes de la explosión de la burbuja: la quiebra de la inmobiliaria de ‘El Pocero’, dejando medio vacío su Residencial Francisco Hernando levantado desde la nada en Seseña (Toledo). Altamira, la inmobiliaria del Santander que se quedó con las viviendas, las quiso colocar rápido. Pisos de tres y cuatro dormitorios que en 2007 costaban 140.000 euros, en 2012 se entregaron por menos de 70.000. Sin embargo, a la hora de pagar los impuestos ligados a la compra -en concreto el de Transmisiones Patrimoniales- la Hacienda de Castilla-La Mancha siguió tasándolos casi por el doble. El Supremo decide esta semana si ese cálculo no ligado al precio real de venta es válido.

La cuestión es muy trascendente y va mucho más allá de la comunidad que preside Emiliano García Page (PSOE). Fuentes judiciales admiten que la decisión que tome esta semana la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal podría afectar a la recaudación de otras comunidades. Porque varias siguen valorando los inmuebles a la hora de calcular el Impuesto de Transmisiones de acuerdo a su valor catastral corregido mediante determinados coeficientes. Se trata de criterios abstractos que poco tienen que ver con el valor real. Y el precio así obtenido es en muchos casos más alto que el efectivamente pagado en plena crisis del ladrillo con la importante rebaja que produjo.

El caso concreto que ahora llega al Supremo es el de una compradora que adquirió por 65.000 euros su piso en esa icónica urbanización en 2012. Sin embargo, a la hora de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales que comportó la compraventa, la Oficina Liquidadora de Illescas (Toledo), dependiente de la Junta castellano-manchega, lo tasó en 120.230,12 euros. Esta última valoración supondría para la afectada el pago de alrededor de 8.000 euros por el impuesto. Teniendo en cuenta el  precio real de la vivienda abonaría unos 4.000.

La mujer recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) argumentando que la administración regional ni siquiera había intentado comprobar el “precio medio de mercado” de la vivienda, tal y como le permite la ley. De ser así se habría percatado de que su casa se vendió en condiciones de mercado por un precio muy inferior, aducía.

Evidente indefensión

Los magistrados le dieron la razón. En su sentencia, el TSJCM aseguró que la hacienda regional no hizo una comprobación real de cuál pudiera ser el precio o el valor de la vivienda partiendo de criterios como el valor de mercado, el valor de zona, el estado real de la vivienda, el de la urbanización… Todo ello, concluía la Sala, causaba una “evidente indefensión” para la propietaria, por lo que ordenó la anulación del expediente administrativo y, por tanto, de la tasación.

“Entendemos que el precio efectivamente pagado por la demandante”, es decir, los 65.000 euros, “era el valor de mercado en la referida urbanización, cuyos precios fueron reduciéndose en un momento de grave crisis económica y ante la falta de compradores hasta llegar a la cifra que consta en la escritura”, mantuvieron los magistrados castellano-manchegos en su resolución.

El precio pagado no era el valor real

La Junta no se aquietó y recurrió la sentencia al Supremo, que admitió a trámite el caso el pasado junio. Los magistrados de la Sala de lo Contencioso del alto tribunal tienen prevista su deliberación y fallo para esta semana. En su escrito, el Gobierno de Castilla-La Mancha sostuvo, en esencia, que el precio pagado no era el valor real de la vivienda porque esta se transmitió “en una operación concreta de liquidación del ‘stock’ de una inmobiliaria”.

El recurso también recordaba que la compradora en cuestión, no era la única que había decidido acudir a los tribunales. Otros 73 propietarios de pisos en la antigua urbanización de ‘El Pocero’ habían seguido el mismo camino. Además, advertía de que de no corregirse el fallo del TSJCM, podría ser gravemente dañoso para el interés general “porque menoscaba la capacidad recaudadora de la comunidad autónoma”.

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