Segunda resolución consecutiva

CNMC tumba otro frente contra Google pero admite su dominio en la publicidad

El organismo de la Competencia asegura que el gigante no abusó de su posición en un caso de retirada de anuncios de una empresa de servicio técnico no oficial.

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Fuencisla Clemares, consejera delegada de Google España.
L.I.

Tiene posición de dominio evidente en el mercado publicitario, pero no ha abusado de ella. Esa es la conclusión que saca la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tras tumbar otra denuncia consecutiva contra Google en España. El organismo presidido por Cani Fernández asegura que la multinacional no tomó medidas discriminatorias con la retirada de anuncios de una empresa dedicada a las reparaciones de productos informáticos y electrónicos como servicio no oficial. Es la segunda decisión consecutiva que toma en este sentido después de hacer lo propio con otra demanda vinculada al buscador y su alianza con El Tenedor.

Google anunció a mediados de 2018 que iba a excluir en todos los países del mundo de su servicio de publicidad los servicios relacionados con ordenadores, pantallas y teléfonos móviles no autorizados como servicio oficial. La decisión entró en vigor en abril de 2019. El gigante lo justificó ante la CNMC en la búsqueda de una reducción de los daños a su marca comercial y en la protección a los usuarios frente a los posibles abusos que puedan producirse en supuestos de fraude. Eurozener es una pequeña empresa -denominada hasta 2019 como Coquillat Informática- que sufrió las retiradas de hasta 70 publicaciones pagadas en el buscador. Entiende que la multinacional aplica sus políticas “de manera discriminatoria”.

Más allá de las prácticas vinculadas a los servicios técnicos, la CNMC sí que insiste en que resulta razonable entender que Google presenta “una posición dominante” en el mercado español de publicidad online ligada a las búsquedas de internet, pues posee una cuota de mercado superior al 90% en el negocio de los buscadores. Sin embargo, la Sala no considera necesario profundizar ni pronunciarse en este este expediente en la medida en que, como concluye, “no se observan indicios de abuso de esa posible posición de dominio en las prácticas denunciadas”.

En este sentido, la CNMC insiste en que disponer de una posición de dominio genera una responsabilidad especial para evitar incurrir en prácticas abusivas. Esto no implica “que la autonomía comercial del dominante desaparezca”. Google, según el organismo, ha tomado la decisión de restringir los anuncios ante la existencia acreditada de publicaciones fraudulentas. “Los criterios que emplea en su decisión pueden considerarse objetivos, transparentes y no discriminatorios”. Además, insiste en que el veto a este tipo de contenido no le supone ningún beneficio económico. “La publicidad online en Google, a pesar de su relevancia, no puede considerarse la única vía publicitaria para la comercialización de estos servicios”, apunta. Con todo, no aprecia indicios suficientes para sancionar al gigante.

El caso ha necesitado casi dos años de tramitación y estudio a fondo por parte del organismo de la competencia. Entró en julio de 2019. En noviembre, la denunciante aportó información adicional al expediente. Y en mayo del pasado año, en en pleno confinamiento por el estallido de la pandemia del coronavirus, la Dirección de Competencia propuso que se archivara el caso. Sin embargo, la Sala de Competencia, presidida por la propia Cani Fernández, acordó devolver las actuaciones de nuevo a la Dirección para profundizar en la investigación. En enero, se volvió a proponer que no se incoara expediente sancionador. Y en abril dio luz verde definitivo al archivo.

Esta demanda ‘tumbada’ por el organismo llega apenas dos meses después de una decisión similar, adelantada por La Información. En aquella ocasión, se enfrentaba a un caso iniciado por el dueño de un restaurante en Alicante tras la decisión por parte del gigante tecnológico de incorporar un botón de reserva de una mesa de El Tenedor en el buscador. Concluía que los enlaces para reservas de mesas del propio establecimiento y de la plataforma online incluidos en las búsquedas no se muestran de manera discriminatoria. “Tampoco existen denuncias por parte de otros operadores de la restauración”, apostillaba.

En el caso vinculado a la publicidad de servicios técnicos, que acaba de ser archivado, se admite su posición de dominio. Y lo hacen mientras sigue pendiente de publicación, tras varios meses de retrasos, el estudio a fondo sobre el mercado de los anuncios online. Se cumplen dos años desde que se iniciaran los primeros trámites administrativos, con una consulta pública. En ella se detectó que existe un sentir generalizado de que c0ncurren problemas de competencia en este sector. ¿Hay concentración excesiva entre un número limitado de operadores? Entre todas las contestaciones, la media fue de un 4,26 sobre 5.

La CNMC, con su nueva presidenta al frente, ha diseñado todo un ‘roadshow’ con las cúpulas de las principales compañías tecnológicas en los últimos meses. Fernández ha mantenido encuentros en los últimos meses con grandes nombres del sector como Amazon, Apple y con Google, algo novedoso tras años de una relación mucho menos fluida entre ambas partes. En el caso del gigante del buscador, se han mantenido dos encuentros dedicados a una presentación sobre el negocio de la compañía y también a la incidencia que tendrá la nueva ley de copyright en el sector. Esta nueva legislación, que tendrá que ser adaptada por el Gobierno de España en una nueva ley en los próximos meses, avala el pago por parte de los gigantes de internet a los editores de contenidos online.

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