Transposición fuera de plazo

España rectifica ante Bruselas y acelera para aprobar la ley del coche eléctrico

El Gobierno cuela de manera exprés la normativa sobre la promoción de los vehículos limpios en un Real Decreto. Europa avisó al Ejecutivo 20 días antes a través de una carta de emplazamiento.

Coche eléctrico punto recarga
Coche eléctrico punto recarga
Europa Press

Un mes y seis días. Ese es el tiempo exacto que España ha tardado en reaccionar al tirón de orejas de Bruselas por no transponer a tiempo la directiva que marca la regulación en torno al coche eléctrico y para la que contó con dos años de margen. El Gobierno ha aprobado esta semana por la vía más urgente posible un real decreto para transponer la normativa europea en materia de promoción de los vehículos que utilizan energías limpias.

La reforma, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 3 de noviembre, figura junta a otras siete normativas con las que el Ejecutivo tampoco había hecho los deberes a tiempo. Se trata de leyes sobre consumidores, derechos de autor, reutilización de datos e inversiones transfronterizas. Aunque con algunas y contadas excepciones, la entrada en vigor marcada es inmediata (el día posterior a la publicación del texto). 

El Gobierno reacciona así a la carta enviada por la Comisión Europea el pasado 30 de septiembre, como adelantó La Información. Dicha advertencia era el primer toque de atención desde el organismo comunitario en materia de transposición de directivas, es decir, adaptar la ley de cada país al marco básico de Europa. En este sentido, España tenía hasta el 2 de agosto de este año para cumplir con su obligación.

Tras acumular aproximadamente 90 fuera de plazo, el Ministerio de Transportes (Mitma), el organismo encargado de asumir la tarea de Bruselas, debía someter la transposición de la directiva ante el Consejo de Estado. El máximo organismo consultivo del Ejecutivo acostumbra a elaborar dictámenes no vinculantes - en su mayoría- sobre las normativas europeas que deben adaptarse al ordenamiento jurídico en España.

La nueva norma estaba marcada desde el año 2019 por parte del Ejecutivo comunitario. Bruselas quiso modificar la normativa en materia de vehículos no contaminantes porque la ley que estaba establecida hasta ese momento era poco efectiva. Con la intención de reducir de una vez por todas las emisiones derivadas del uso de combustibles fósiles, Europa elaboró una normativa que marcaba el nivel mínimo de coches limpios que la administración debía utilizar de cara a 2030.

España, por su parte, tenía sus propias obligaciones. El país debía iniciar desde este mes de agosto hasta diciembre de 2025 la renovación de la licitación de la flota de autobuses hasta que la cuota de vehículos limpios de este tipo representaran el 45% de las adjudicaciones totales. Dicho porcentaje debía seguir incrementándose durante los años siguientes -hasta el 31 de diciembre de 2030- para alcanzar una cuota del 65%. Las metas no eran distintas únicamente entre países, sino también entre vehículos, con distintos objetivos entre turismos y camiones.

Más infracciones

Seguir desistiendo de la solicitud de Bruselas podría haberse traducido, primero, en un dictamen motivado y, más tarde, en un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). España ya tiene experiencia en este campo de batalla, donde recientemente salió derrotado y tuvo que asumir una sanción histórica por no transponer a tiempo la reforma de la normativa de Protección de Datos (90.000 euros por cada día de retraso)

Los datos actuales de la base de datos de infracciones revelan que España tiene abiertos muchos frentes por transposiciones de directivas no realizadas a tiempo o, en su defecto, con errores de comunicación entre las administraciones. Algunas de las investigaciones que siguen en curso versan materias como las energías renovables, las medidas contra el blanqueo de capitales o frente a la morosidad en las transacciones comerciales.

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