Nuevas obligaciones para Endesa, Naturgy, Iberdrola y Holaluz

La CNMC impone a las eléctricas más claridad en los cambios de compañía

Las compañías tendrán que  incluir "de forma clara y separada" la información del titular, dirección del punto de suministro y el CUPS (código de suministro) durante el proceso de contratación  

La CNMC impone a las eléctricas más claridad en los cambios de compañía
La CNMC impone a las eléctricas más claridad en los cambios de compañía
Europa Press

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha anunciado este miércoles  nuevas medidas a Endesa, Naturgy, Iberdrola y Holaluz con los que evitar que los consumidores eléctricos se vean afectados por cambios erróneos de comercializador, como consecuencia de la multiplicación de las denuncias por esta cuestión entre 2021 y 2022. Estas crecieron un 360% en 2021 y  la tendencia ha continuado  en el primer semestre de 2022. En concreto, Competencia ha reforzado la transparencia en el proceso incrementando las obligaciones de las compañías mencionadas que tendrán que mostrar durante el proceso de contratación "de forma clara y separada" al cliente la información del titular, la dirección del punto de suministro y el Código de Suministro (o CUPS), entre otras prácticas. 

Con esta decisión, que es vinculante desde el punto de vista jurídico, también están obligadas a solicitar la confirmación de esos datos en soporte duradero, si detectan discrepancias en la información. Además, la CNMC instruye para que se compruebe y descarte que exista un cruce de CUPS ante una solicitud de corte de suministro. También deberán contactar con el consumidor solicitante y tendrán que acreditar ante el regulador estos contactos en caso de ser necesario.

En cualquier caso, si el  'cruce de CUPS' o código de suministro se ha producido, la compañía comercializadora responsable solicitará lo más brevemente posible reponer el punto de suministro del consumidor afectado al comercializador previo.

Consecuencia de un cruce de CUPS: corte de suministro  

Lo que se conoce como 'cruce de CUPS'o de código de suministros se produce cunado al usurario que solicita un cambio de compañía eléctrica se le asigna erróneamente el CUPS de otro cliente. Esto supone que se le facturará por el consumo de una vivienda o local ajenos, es decir, por un consumo que no es el que ha realizado.

Para el consumidor que “pierde” su CUPS habitual, esto supone que deje de ser suministrado por su comercializadora habitual y, ha advertido la CNMC, sin las medidas adoptadas este miércoles la comercializadora responsable de este error no será identificada por el consumidor porque no constá como titular. "Si consigue saber qué comercializadora cometió el error, ésta no le reconocerá como cliente y tendrá muy difícil reclamar", han aclarado desde Competencia. 

En este sentido, en el peor de los casos, el consumidor puede llegar tener un corte de suministro si el consumidor al que se le ha asignado su CUPS de forme errónea opta por darse de baja en el nuevo contrato o no abonar las facturas, ya que recibirá una doble facturación.

Mostrar comentarios