Competencia investiga un posible cártel en la ITV de vehículos comerciales

  • La CNMC analiza posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de prestación de servicios de inspección técnica en carretera. 
Estación de ITV
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La CNMC investiga posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de prestación de servicios de inspección técnica en carretera de vehículos comerciales. Las prácticas podrían haber incluido el reparto y manipulación entre empresas del sector de licitaciones convocadas por la Dirección General de Tráfico (DGT).

Los días 11 y 12 de septiembre se realizaron inspecciones domiciliarias en las sedes de varias empresas que operan en el citado mercado. Estas inspecciones forman parte de la investigación abierta por Competencia tras la información trasladada por la DGT el 28 de junio de 2018. El motivo ha sido la posible existencia de una práctica colusoria anticompetitiva por parte de determinadas empresas del sector en relación con las licitaciones convocadas para la prestación de servicios de inspección técnica en carretera de vehículos comerciales en todo el territorio español.

Las inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación de las supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas. Si como resultado de la inspección se encontrasen indicios de prácticas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, se procederá a la incoación formal de expediente sancionador.

Los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocio total de las empresas infractoras.

La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y sobre el correcto funcionamiento de los mercados. Para ello cuenta, entre otros instrumentos, con el Programa de clemencia, que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección, o de una reducción del importe de la multa que pudiera imponérsele, si aporta información con valor añadido significativo.  

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