Examen de Competencia

CNMC da vía libre a Adidas tras vigilar un año las cláusulas a sus franquicias

El organismo supervisor concluye que la compañía alemana ha cumplido durante un año con sus deberes. La vía judicial para los franquiciados seguirá abierta hasta el próximo mes de julio.

Tienda de zapatillas de Adidas.
Tienda de zapatillas de Adidas.
©[Creativa Images] a través de Canva.com

Tres años después de abrir inspección al gigante Adidas por la relación con sus franquiciados, la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) cierra su investigación y da vía libre a la compañía. El supervisor de los mercados entiende que la empresa alemana ha eliminado las cláusulas anticompetitivas por las que fue advertida y ha concluido que ha cumplido con su promesa, al menos, durante un año. Se trata de la franja que marcó el organismo público como tiempo de examen al que se le sometería.

En una resolución de la Sala de Competencia, la CNMC dictó el pasado 4 de mayo que Adidas no estaría más tiempo bajo su vigilancia. Esta decisión agota la vía administrativa de los franquiciados a reclamar, aunque deja la puerta abierta durante un plazo de dos meses, hasta finales de julio, a buscar como última opción el respaldo de la Audiencia Nacional (AN) en la vía judicial.

Los problemas entre Adidas y sus franquiciados se remontan a 2018. El 22 de noviembre de ese año, el organismo presidido entonces por José María Marín Quemada comunicaba que había iniciado de oficio una investigación la compañía por introducir cláusulas en los contratos de sus franquiciados que en la práctica eran obligaciones desproporcionadas. Como ejemplos de estas condiciones abusivas, dos ejemplos: la prohibición de vender productos de la famosa marca por internet y la de realizar ventas cruzadas entre distribuidores o propios franquiciados. En ambos casos se trataba de conductas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) en el mercado de comercialización al por menor de ropa y calzado en España.

Ante esta situación, Adidas reaccionó. La compañía optó por cerrar el proceso rápidamente a través de la fórmula de "terminación convencional", un modo atípico de finalizar un procedimiento administrativo. Consiste en que el presunto infractor se retracta y ofrece unos compromisos ante la CNMC que se convierten en vinculantes. En España, empresas como Schweppes o entidades como la SGAE ya se habían acogido anteriormente a este mecanismo. 

En el caso de Adidas España, la compañía comunicó que había establecido un nuevo marco contractual con sus franquiciados. Su oferta introducía modificaciones como la eliminación de la cláusula de no competencia poscontractual o la autorización de las ventas cruzadas entre distribuidores. Otra de las promesas era compartir con sus socios las versiones más actualizadas de su plataforma Click, utilizada para la comunicación con los clientes.

Fue entonces cuando la CNMC tuvo que contestar a la propuesta. Lo hizo en diciembre de 2019, cuando la aceptó, aunque con una advertencia: si Adidas España no cumplía con su palabra, podía ser multada por infracciones muy graves, que se traducen en el pago del 10% de la facturación mundial o, en el caso de no poder establecer un cálculo para ello, el abono de hasta 10 millones de euros.

Desde Competencia recuerdan a La Información que las polémicas cláusulas han sido ya eliminadas y no figuran en los nuevos contratos. Aunque se supone que la misma problemática que motivó el enfrentamiento en el pasado no debería repetirse, las mismas voces afirman que "si se produjeran situaciones distintas, los franquiciados podrían denunciarlas".

Un franquiciado rebelde con Adidas

Aunque la resolución de Competencia ha sido favorable para Adidas, algunos franquiciados siguen señalando presuntas malas praxis de la compañía. Es el caso de la empresa Filo's Consulting, que denunció presiones de Adidas durante el tiempo de examen de la CNMC. En concreto, la compañía afirmó que la firma alemana le pedía encarecidamente responder al requerimiento de información Competencia en únicamente los términos que quería Adidas España.

Este hecho, según refleja la resolución al recoger la opinión del franquiciado - uno de los 12 a los que Competencia prestó especial atención para resolver este expediente -, provocó que la información facilitada no fuera completa ni reflejara la realidad. Pero para la CNMC esta denuncia "no ha quedado acreditada" y, además, las pruebas aportadas por el franquiciado enfrentado con Adidas "no pueden ser consideradas concluyentes". Este caso particular ya está en manos de los tribunales.

Lo cierto es que el enfrentamiento entre Adidas España y Filo's Consulting excede al expediente de la CNMC. Un auto judicial de abril del pasado año reveló que la franquiciada española había solicitado y conseguido medidas cautelares para que se suspendieran las facultades de Adidas España SAU de reclamar judicial y extrajudicialmente las garantías de contrato franquicia que mantenían. Con motivo del coronavirus, la pequeña empresa quería asegurar su negocio en un momento en el que los ingresos se habían desplomado por el cierre de los establecimientos.

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