Según el Convenio Colectivo

Cuánto cobra un trabajador de El Corte Inglés: sueldo base de 14.300 euros

El salario de los trabajadores de la cadena se rige por el convenio de grandes almacenes que se publica en el BOE.

Efe
Cuánto cobra un trabajador de El Corte Inglés: sueldo base de 14.300 euros
EFE

La noticia saltó a medio día del pasado viernes. El Corte Inglés prepara un ERE de hasta 3.500 empleados. Sería el primer expediente de regulación de empleo de su historia. Lo que está por ver ahora es si ese plan de ajuste se llevará a cabo por medio de prejubilaciones o de bajas incentivadas

Los responsables de recursos humanos trasladaron a los representantes sindicales (Fasga, Fetico, UGT y CCOO) que la sociedad matriz, El Corte Inglés S.A, cuenta con un excedente de plantilla de entre 3.000 y 3.500 trabajadores de diferentes centros comerciales, logísticos y oficinas. Esto incluye al Cortes Inglés, Bricor, Hipercor, Sfera y centros logísticos, de oficinas y outlet.

Si el plan de ajuste sigue la vía de las prejubilaciones, afectaría a aquellos que están más cerca de la edad legal de retiro y que, dados los años de antigüedad en la empresa, podrían contar, en algunos casos, con los salarios más altos, según los complementos por antigüedad fijados en el convenio colectivo.

Los cuatrienios que se perfeccionen o reconozcan se abonarán al trabajador en la cuantía que corresponda al número de cuatrienio que cumple, conforma a las cantidades previstas a continuación y que se aplican para todos los Grupos Profesionales:

  • Primer Cuatrienio: 255,79 euros
  • Segundo Cuatrienio: 225,98 euros
  • Tercer Cuatrienio: 201,94 euros
  • Cuarto Cuatrienio y sucesivos: 192,32 euros

El salario base 

El salario base anual de los trabajadores de El Corte Inglés es el siguiente: 

  • Base: 14.299,89 euros 
  • ​Profesional: 14.728,89 euros
  • ​Coordinador: 16.054,48
  • ​Técnicos: 17.499,39

Se entiende por salario base de grupo el correspondiente al trabajador en función de su pertenencia a uno de los Grupos profesionales descritos en el convenio colectivo. Remunera la jornada anual de trabajo efectivo  y los períodos de descanso legalmente establecidos.

Complementos

Además de antigüedad, se complementan otros complementos salariales que serán las cantidades que, se adicionen al salario base de Grupo por cualquier concepto distinto al de la jornada anual del trabajador y su adscripción a un Grupo Profesional. 

Los complementos salariales se ajustarán, principalmente, a alguna de las siguientes modalidades:

  • Personales: en la medida en que deriven de las condiciones personales del trabajador.
  • De puesto de trabajo: integrados por las cantidades que deba percibir el trabajador por razón de las características del puesto de trabajo o de la forma de realizar su actividad.
  • Por calidad o cantidad de trabajo: consistente en las cantidades que percibe el trabajador por razón de una mejor calidad o mayor cantidad de trabajo, o bien en base a la situación y resultados de la Empresa o un área de la misma.
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