El Gobierno lleva al Supremo las multas de la CNMV a Bankia por las preferentes

  • BFA, controlado al 100% por el fondo, recurre las sanciones que le impuso el regulador por títulos de Caja Madrid, Bancaja y Caixa Laietana en 2015
(Ampl.) Grupo BFA-Bankia gana 428 millones de euros en el primer semestre del año
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Cuando todavía resuenan las protestas provocadas por el archivo de la causa penal que se seguía en la Audiencia Nacional por las preferentes de Caja Madrid, esta vez es un organismo dependiente del Gobierno, el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), el que intenta hasta el último recurso que la caja madrileña y el resto de entidades que conformaron Bankia eludan su responsabilidad por las preferentes.

Lo ha hecho a través del Banco Financiero y de Ahorros (BFA), la matriz y principal accionista de Bankia, controlada al 100% por ese fondo dependiente del Ministerio de Economía. BFA ha recurrido al Supremo las multas de 3,1 millones  que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) impuso a esa entidad, a Bankia y a otras tres de sus cajas por la gestión de sus preferentes en los ejercicios de 2010 y 2011.

La sanción se impuso en agosto de 2015 por vender estos productos -que generaron miles de damnificados entre clientes de avanzada edad que confiaron en los empleados de sus sucursales- a precios irreales, con lo que perjudicaban a sus compradores. La CNMV consideró que las operaciones se realizaron por un valor muy superior al real y con enorme falta de transparencia, lo que provocaba que el comprador desconociera lo que realmente valía el producto que estaba adquiriendo.

El expediente concluyó con una multa a BFA como heredera del negocio bancario de Bancaja, Caja Madrid y Caixa Laietana de 2,1 millones de euros (un millón por las preferentes de Bancaja, otro por las de la caja que dirigía Miguel Blesa y 100.000 por las de la entidad catalana) y un millón más a la propia Bankia.

La Audiencia no le dio la razón

BFA llevó esas sanciones a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. En su recurso, la entidad propiedad del FROB argumentaba que las cajas que se integraron en BFA-Bankia fueron las verdaderas responsables y que, tras transmitir su negocio financiero a la nueva entidad, las fundaciones de obra social en las que se convirtieron siguieron teniendo su propia personalidad jurídica, su patrimonio y continuaron ejerciendo indirectamente su actividad financiera, por lo que debían ser ellas las que respondieran. 

Sin embargo, la Audiencia no estimó su razonamiento. Sus magistrados aseguraron que "lo relevante" era que "la entidad resultante" es decir, BFA, fuera "continuadora de la unidad empresarial de la que en su día cometió los hechos por lo que se le ha sancionado". Por esa razón, continuaron, "no cabe tratar de trasladar la responsabilidad a las cajas". La sentencia estimó que las infracciones castigadas se habían producido "en el negocio bancario", por lo que las responsabilidades, con la fusión, se trasladaron a BFA, la entidad que heredó su actividad financiera y por tanto sus obligaciones.

No hay doctrina del alto tribunal

BFA, de capital 100% estatal, ha decidido seguir litigando y ha llevado el caso al Supremo. En su recurso de casación insiste en que solo sería responsable de las sanciones impuestas por la CNMV en caso de que las cajas hubieran desaparecido, tal y como establece la doctrina del alto tribunal sobre la sucesión de empresas. Sin embargo, su Sala de lo Contencioso todavía no se ha pronunciado sobre una situación como la planteada en el conflicto. Qué pasa cuando lo que han traspasado es el negocio financiero pero siguen existiendo como fundaciones. A juicio de la matriz de Bankia, son estas fundaciones las responsables de las infracciones detectadas y son las que deben correr con las multas. 

La Sala de lo Contencioso ha admitido a trámite el caso al considerar que el alto tribunal debe de dar una interpretación a este tipo de sanciones a cajas de ahorro en sus procesos de concentración. Los magistrados recuerdan que Caixabank presentó un recurso similar por multas de siete millones impuestas a La Caixa antes de su transformación también por la gestión de sus preferentes todavía pendiente de resolución. En ese caso, la Audiencia Nacional dio la razón a la entidad catalana y fue el abogado del Estado el que recurrió al Supremo.

 

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