Al igual que la Comisión Europea

El Parlamento Europeo rechaza revisar la constitución de Aigües de Barcelona

  • La representante de la CE Dita Collinsova, ha explicado que el Supremo español ha declarado la legalidad de ese proceso mediante cuatro sentencias.
El Parlamento Europeo rechaza revisar la constitución de Aigües de Barcelona. / EFE
El Parlamento Europeo rechaza revisar la constitución de Aigües de Barcelona. / EFE

La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo (PE) ha debatido este jueves una petición presentada por Aigua és Vida relacionada con el procedimiento de constitución de la sociedad de economía mixta Aguas de Barcelona, entre el Área Metropolitana de Barcelona y Sociedad General de Aguas de Barcelona, para la gestión del servicio del ciclo integral del agua en el área metropolitana de Barcelona.

Los representantes de Aigua és Vida (Miriam Planas y Joaquim Pérez) han alegado que el procedimiento de constitución de Aigües de Barcelona incurrió en ilegalidades, como es la adjudicación directa de un contrato, sin licitación pública, a una empresa privada. Ese fue el motivo por el que pidieron al PE que investigase los hechos.

La representante de la Comisión Europea, Dita Collinsova, ha explicado que el Tribunal Supremo español ha declarado la legalidad de ese proceso mediante cuatro sentencias, por lo que la Comisión Europea considera que es un asunto resuelto. Asimismo, la representante de la Comisión Europea ha afirmado que las directivas contemplan la posibilidad de adjudicar directamente contratos, entre otros motivos, cuando existen derechos de exclusiva (como es el caso de Barcelona), como habría explicado el TS. Por todo ello, concluye que la Comisión Europea no llevará a cabo ninguna actuación en este caso.

El representante del Partido Popular (Pablo Arias Echevarría) ha replicado que este asunto ha sido decidido por sentencias del Tribunal Supremo, y que las sentencias del Tribunal Supremo no se revisan en el Parlamento Europeo.

La Presidenta de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo (Dolors Montserrat) ha manifestado que la información de que dispone la Comisión de Peticiones es que este asunto ha sido decidido por cuatro sentencias del Tribunal Supremo.

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