El ‘think tank’ de CEOE se une a la banca: la ley hipotecaria encarecerá el crédito

  • El IIE valora que la reforma mejore la seguridad jurídica, pero considera que se ha excedido con medidas susceptibles de afectar al préstamo
Viviendas en construcción
Viviendas en construcción

La reforma hipotecaria del Gobierno traerá mayor seguridad jurídica y protección al consumidor en la contratación, pero encarecerá el crédito porque incrementará el riesgo a asumir por la banca. Es el diagnóstico elaborado por el catedrático de Economía de la Universidad Pompeu Fabra, José García Montalvo, en un estudio para el Instituto de Estudios Económicos (IEE), institución próxima a la CEOE.

El anteproyecto de ley que el Consejo de Ministros ha enviado al Congreso para su tramitación parlamentaria va más allá de trasponer la directiva originaria reforzando las medidas de transparencia y abaratando el cambio de un préstamo a otro, al haber sido elaborado en plena proliferación de procesos judiciales contra numerosas cláusulas hipotecarias -suelo, gastos de formalización, de vencimiento anticipado, etc-.

El establecimiento de un campo de juego claro, con medidas reforzadas para asegurar que el usuario sabe bien lo que firma -exige, por ejemplo, su firma manuscrita si hay cláusulas difíciles y empodera al notario para frustar operaciones mal comercializadas- generará “seguridad jurídica”, reconoció García Montalvo. Algo que, según subraya, facilitará a la banca la ejecución de préstamos con impagos, algo que con el escándalo de los desahucios durante la crisis, las medidas extraordinarias arbitradas por el Gobierno para favorecer a hogares vulnerables y la avalancha judicial se encuentra obstruído.

Se allana el camino a las ejecuciones

La contrapartida es que el acceso a la financiación se encarecerá porque, dentro de esa nuevas reglas, se demora el proceso de ejecución o desahucio cuando aparecen los impagos, y los hipotecados podrán deshacerse antes de su deuda, adelantanto el repago, con muchas menores penalizaciones. Hasta ahora el banco tenía la posibilidad de iniciar el proceso al tercer mes de fallar la cuota, aunque en la práctica se demoraba entre un año y año y medio porque antes intenta que el cliente se ponga al corriente de pago con distintas facilidades.

La nueva norma imposibilitará activar tal mecanismo hasta transcurridos 9 cuotas o cuando la deuda acumulada llegue al 2% del pago pendiente, durante la primera mitad de vida de la hipoteca; o a 12 mensuales y el 4% si se produce el problema en la segunda parte. La reforma reduce además las comisiones que desincentivaban abonar con anticipación el préstamo poniendo topes: podrán cargar un 0,5% si se devuelve el dinero en los primeros tres años de vigencia, del 0,25% si es al quinto o gratis después de esa fecha para los préstamos a tipo variable. En las operaciones a tipo fijo el umbral se reduce al 4 y 3%.

El retraso en poder ejecutar una vivienda cuyo préstamo se ha dejado de pagar o el abaratar la posibilidad de cancelar el crédito supone elevar el riesgo para el banco que tendrá, infirió, estímulos para trasladar dichos mayores costes. El catedrático alertó de que el encarecimiento se trasladará, sin embargo, a todo el que pida financiación por la dificultad para discriminar bajo qué supuestos o situaciones la banca incurre o no en mayores costes; a semejanza de los seguros donde el riesgo de siniestros se mutualiza entre todos los clientes.

El IEE pide mejorar el texto

El presidente del IEE, José Luis Feito, fue más allá durante la presentación del informe, reclamando que se “mejore” un texto que, a su juicio, “no permite alcanzar el equilibrio adecuado entre el coste y el alcance del mercado, y que augura que puede propiciar un rebaja en la concesión para perjuicio de la banca, que necesita rodar este negocio, y para detrimento del consumidor.

La norma enviada al Parlamento ha sido consensuada ya por el PP con un amplio espectro de grupos parlamentarios, incluído Ciudadanos, lo que es garantía de su aprobación, si bien se lanza con cierto grado de provisionalidad sobre un aspecto clave. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) puso en tela de juicio las cláusulas de vencimiento anticipado considerando que la ejecución al mes o tres meses de impago era grave en cuantía y plazo, y que la normativa no garantizaba medios eficaces en manos del consumidor para poner remedio a su situación.

La reforma normativa pone solución a la primera tacha: ampliando en muchos meses las cuotas fallidas que deben acumularse y fijando un umbral mínimo de deuda impagada, pero no aborda la fórmula de salida para los hogares. Según infirió el catedrático, ese campo caería más en una ley de segunda oportunidad para personas a semejanza de los procesos de insolvencia o concurso existentes para ayudar a las empresas a superar situaciones límites sin tener que echar la persianilla. Se ha solicitado al Tribunal de Luxemburgo que analice la norma, proceso que podría comprometer un año, pero el Gobierno ha preferido agilizar la regulación, que ya va fuera de plazo en la transposición de la directiva comunitaria.

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