Empresas del Ibex maniobran para salvar su dividendo de EEUU del efecto Podemos

  • Aceleran los trámites para recibir las ganancias de sus filiales en cuanto opere el nuevo convenio fiscal con EEUU y antes de que se grave su cobro.
Fotografía España Estados Unidos banderas / Amcham
Fotografía España Estados Unidos banderas / Amcham

Un importante grupo de empresas españolas con presencia en Estados Unidos, entre las que se cuentan algunas de las grandes del Ibex 35, han comenzado a llamar a las puertas de los principales despachos de fiscal del país en busca de asesoramiento para repatriar a la mayor urgencia los beneficios generados por sus filiales en Estados Unidos, según han confirmado a La Información fuentes de hasta cuatro firmas que trabajan habitualmente para las grandes empresas del país.

Según estas fuentes, el objetivo de sus clientes es aprovechar la entrada en vigor el próximo 27 de noviembre del nuevo Convenio de Doble Imposición entre los dos países -que abarata la factura fiscal de este tipo de transacciones- para desembalsar millones y millones de dólares en dividendos no distribuidos que esperaban a este cambio regulatorio, pero también tratar de esquivar el 'peaje fiscal' del 5% sobre estos beneficios que el Gobierno de Pedro Sánchez pactó con Podemos en el proyecto de Presupuestos de 2019 y cuya aprobación parece inevitable tras el preacuerdo de Gobierno rubricado este pasado martes entre el PSOE y Unidas Podemos.

Las empresas con intereses en Estados Unidos temen que su ventana de oportunidad para realizar este maniobra dure apenas unas semanas y no quieren arriesgar. La fecha subrayada en rojo en el calendario es la del próximo 27 de noviembre, día en que entrará en vigor el nuevo Convenio de Doble Imposición entre España y Estados Unidos, que, por ejemplo, rebajará del 15% al 5% la retención fiscal aplicada en origen sobre los dividendos repatriados por empresas o particulares que tengan una participación superior al 10% en la participada de Estados Unidos, y que eximirá por completo de retención los abonados por filiales en las que la matriz tenga una participación superior al 80%.

Esta oportunidad para repatriar dividendos sin ningún coste fiscal o a un coste muy reducido podría no durar mucho. El Gobierno de Sánchez tiene entre ceja y ceja reimplantar el gravamen del 5% eliminado en su día por el Gobierno Rajoy sobre el cobro de dividendos de fuente extranjera y la cada vez más urgente necesidad de ingresos fiscales en un marco de clara desaceleración económica podría acelerar la activación de una medida, que tanto el Gobierno como la Autoridad Fiscal identifican como la más potente a la hora de generar ingresos de todo el 'pack fiscal' ideado por el Ejecutivo socialista. Si el Gobierno decidiera implantar este nuevo impuesto sobre los dividendos cobrados en España ya en 2020, las empresas apenas tendrían un mes para aprovechar las favorables condiciones del nuevo CDI.

Muchas de ellas, de hecho, ya tenían planes de contingencia fiscal elaborados para agilizar el pago de dividendos ante la expectativa de un cambio fiscal. Lo que están haciendo ahora es acompasar su activación a la fecha de entrada en vigor de las nuevas normas en la relación fiscal entre agentes españoles y estadounidenses, según confirman las fuentes consultadas. El fenómeno no es nuevo. A finales del año 2018 Hacienda ya detectó un anormal incremento en la repatriación de dividendos por parte de grandes empresas españolas, coincidiendo con la negociación política para sacar adelante los Presupuestos de 2019 y con el acuerdo para implantar un impuesto del 5% sobre esas operaciones, aunque en aquella ocasión estuvo condicionado por la venta de la filial de concesiones de OHL a un fondo australiano.

El movimiento que se espera en las próximas semanas es aún de mayor magnitud. Las fuentes consultadas auguran que entre el 27 de noviembre y el cierre del año los volúmenes que se moverán en dirección a España se contarán por decenas de millones de euros por la importancia de las empresas implicadas. Una de las que ha anunciado que aprovechará este nuevo marco para repatriar dividendos es Acerinox, que se felicitaba hace unos meses de que la ratificación del CDI por parte del Senado estadounidense -que la tuvo bloqueada durante más de un lustro por la oposición de un solo senador- le permitiría cobrar los dividendos de su filial americana, North American Stainless.

Acerinox fue una de las grandes empresas del Ibex que hicieron lobby en el Senado estadounidense para terminar con una situación anormal que condenaba a las empresas españolas en Estados Unidos, y a las estadounidenses en España, a manejarse con unas normas de intercambio fiscal aprobadas a finales del siglo pasado, en 1990. Un grupo en el que también militaron otras grandes corporaciones con sede en España como Santander, Iberdrola, Consentino o Gestamp, como les reconoció hace unos días la consejera de Finanzas de la Embajada de España en Estados Unidos, Ana Fernández Daza, en una jornada sobre el asunto organizada por la Cámara de Comercio de Estados Unidos en España (AmChamSpain).

Un nuevo marco fiscal más propicio para los negocios

Los cambios que introduce el nuevo CDI son significativos. En lo que se refiere a la planificación de la actividad empresarial de las empresas españolas en Estados Unidos permitirá a las matrices una gestión mucho más flexible de sus recursos, ya que podrán ingresar los dividendos procedentes de su actividad en Estados Unidos a un coste muy inferior. La retención general sobre los dividendos continuará en el 15%, pero se rebajará al 5% cuando el receptor tenga el 10% o más de la propiedad y al 0% si ostenta más del 80% de los derechos de voto en la misma.

Las fuentes consultadas subrayan que también es muy relevante la modificación del tratamiento que se da a los intereses de la deuda. Hasta ahora las empresas matrices que sufragaban las necesidades de financiación de sus filiales en Estados Unidos con instrumentos de deuda debían soportar una retención fiscal por los intereses que les abonaban sus propias filiales, el nuevo CDI desfiscaliza con carácter general esos movimientos en el seno de las empresas con algunas excepciones. Según un miembro del área fiscal de una de las grandes firmas consultadas esta disposición era especialmente relevante para la operativa cotidiana de las empresas españolas con establecimientos en Estados Unidos.

Otros cambios en la norma animarán la actividad económica entre ambos países, según las fuentes consultadas. Citan aquí la desfiscalización de los cánones por el uso o concesión de derechos de autor, tanto en creaciones artísticas como en patentes industriales, y también la supresión del gravamen sobre las ganancias de capital resultantes de acciones o participaciones en sociedades residentes, cuando la participación detentada era al menos del 25 por 100. Una disposición ésta última que ha sido tradicionalmente objeto de crítica por las empresas estadounidenses que querían establecerse en España, que siempre se ha señalado como una barrera de entrada al capital USA en España -del mismo modo que al revés- y que caerá a partir del próximo 27 de noviembre.

Desde las firmas consultadas se advierte, no obstante, de la singular complejidad del convenio de doble imposición de España con Estados Unidos, que tiene mucho que ver con la exigencia de la Administración Americana de regular la figura del 'residente persona calificada' en sustitución del tradicional 'residente beneficiario', que exige del cumplimiento de una serie de requisitos para acreditar la vinculación del beneficiario al Estado de residencia. Una disposición que exigirá de un análisis previo minucioso por parte de las empresas para acreditar que puede acogerse a las condiciones fijadas en el convenio.

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