Exdirectivos de Popular buscan meter de nuevo al Santander en el proceso penal

  • Se basan en los indicios que puede haber en el informe de la CNMV de que las decisiones del banco cántabro afectaron a su contabilidad de 2017.

La retirada provisional de cualquier responsabilidad penal sobre el Banco Santander heredada del Banco Popular por el daño que la supuesta mala gestión de los anteriores responsables de la entidad causó a los accionistas e inversores que confiaron en su viabilidad, va a generar una gran batalla legal entre los más avezados expertos en derecho penal bancario. Varios de los más importantes despachos de derecho de los negocios que defienden a los antiguos consejeros y responsables del Popular, así como a multitud de afectados por la caída del banco, van a intentar que el juez vuelva a colocar sobre el Santander la responsabilidad penal del caso. Para ello pretenden ampararse en la posible implicación de la entidad que preside Ana Botín en la situación contable del banco en 2017, derivada de las conclusiones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sobre la información financiera que el banco publicó en 2016 y sobre el primer semestre de 2017 y que podía no reflejar de forma exacta su situación y su suponer un engaño para los inversores.

El auto publicado el pasado 30 de abril por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dio un vuelco a esa situación al estimar el recurso del Santander y librar al banco de ser responsable penal como persona jurídica por algo que, a su entender, se debía a las actuaciones de unos directivos del Popular en las que nada tuvo que ver la plantilla ni la actuación de la entidad cántabra, que acabó quedándose con el banco por un euro. “Se da una total desconexión entre el comportamiento del Banco Santander y los supuestos delitos cometidos por los administradores del Banco Popular Español, con anterioridad a la fusión y que nada tienen que ver con esta operación”, ratifica el auto.

Pero de la misma manera, el juez deja abierta la opción a retomar al banco como responsable penal, si en el transcurso de las investigaciones que se están llevando a cabo en esta causa aparece “algún indicio que justificase la comparecencia en el proceso penal del Banco Santander en calidad de investigado”. Según las consultas realizadas a expertos en este ámbito, esa opción abre dos escenarios posibles en los que una actuación del Santander pueda haber influido de alguna manera en el supuesto engaño a los inversores con la contabilidad del banco: en primer lugar, en el proceso de absorción propiamente dicho por un euro, una opción en la que se descarta cualquier responsabilidad del Santander (al contrario, salvó a los accionistas de males mayores). Y en segundo lugar, cabría entender que hubo implicación del banco absorbente si se demuestra que en alguna de sus decisiones o de las actuaciones de sus empleados en todo el proceso de reestructuración se ha trastocado o perjudicado a los inversores o accionistas del Popular.

En ese segundo escenario es donde entra en juego el informe de la CNMV  que analiza si el Popular remitió al supervisor el estado fiel de sus estados contables en 2016, base de la ampliación de capital que acabó derivando en su deterioro imparable e intervención por parte de la Junta Única de Resolución (JUR). Ese análisis se amplía al primer semestre de 2017 y concluye que muchas de las decisiones contables y fiscales que deterioraban las cuentas de ese semestre debían haberse incluido un año antes (en 2016). Es más, el informe llega a achacar ese error a la hora de contabilizar y estimar el valor de los activos del Popular al proceso de renovación  y “venta acelerada” de algunos activos que venían obligados por los planes del Santander.

Se trata de “indicios o hechos que pudieran indicar que la información financiera semestral del ejercicio 2017 no refleja la imagen fiel de la situación financiera patrimonial y los resultados de la entidad”. Dicha información se centraría en préstamos y partidas a cobrar, provisiones o correcciones por deterioro de valor, activos no corrientes y grupos enajenables de elementos destinados a la venta (el 'ladrillo' que se vendió a Blackstone) y “activos por impuestos diferidos relacionados con la activación de bases imponibles negativas”.

“Ese informe da opciones para pedir de nuevo la imputación a la vista de que puede haber alguna actuación o decisión del Santander con implicaciones en el proceso”, aseguran las fuentes jurídicas consultadas bajo la condición de anonimato. Otras fuentes legales advierten, además, que el juez en el auto que retira la responsabilidad penal al Santander deja zanjado que “no fue la Administración la que decidió la fusión”, sino que lo hizo la propia entidad, “sin solución de continuidad, cuando los organismos públicos adoptaron e implementaron las medida de intervención necesarias, por lo que su intención, legítima y lógica por otro lado, era la obtención de beneficios económicos de todo tipo”.

Avalancha de recursos

A pesar de que la decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia no se puede recurrir, dado que se está todavía en las diligencias previas del proceso judicial abierto, las fuentes consultadas en varios despachos españoles aseguran que intentarán por todos los medios que se devuelva la responsabilidad penal al Santander, por entender que ha sido parte importante de todo el proceso de absorción y venta de un banco que, en puridad, no se consideraba quebrado, a pesar del tremendo deterioro por la retirada de fondos y de todos los supuestos delitos que se le achacan a su gestión.

Por otro lado, el auto del juez ratifica la responsabilidad civil del Banco Santander; es decir, que deberá afrontar los daños que en una sentencia firme se estimen contra los accionistas e inversores, una vez que se ha hecho cargo del Popular. Esa situación ha generado un repunte de las demandas que los despachos preparan de todos aquellos perjudicados que buscan un resarcimiento de sus pérdidas, más allá de colocar la culpabilidad de los hechos en unos y otros directivos.

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