La Sindicatura del Popular: el Santander debió pagar un mínimo de 2.720 millones

  • El grupo de familias históricas de la entidad, principal accionista del banco, denuncian en el TJUE la 'inacción' del supervisor en su colapso
Inspectores del Banco de España dudan del agujero detectado en el Popular (EFE)
Inspectores del Banco de España dudan del agujero detectado en el Popular (EFE)

El Popular entró en la UVI un 6 de junio, ahogado por falta de liquidez y con dudas sobre los problemas que escondía el balance. Al día siguiente amaneció adjudicado al Santander por 1 euro, tras el intenso ajuste patrimonial que le aplicó la Junta Europea de Resolución (Jur) y para el que utilizó la inversión de accionistas y bonistas. Temprano, ese mismo día, el grupo cántabro rendía cuentas al mercado de la operación y auguraba un beneficio neto del Popular ‘sano’ de 570 millones ya en 2018. Unos números que las familias históricas de la entidad vinculadas al Opus Dei han llevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para argumentar que la franquicia tenía un valor aniquilado por un colapso que debió ser evitado por los supervisores.

“El comprador vaticinaba un beneficio neto del Popular de 570 millones en 2018, 825 millones en 2019 y 950 millones en 2020, lo que representa un valor, en el momento de la venta, según los diferentes métodos aplicables, de entre 4.265 millones y 2.720 millones”, concluye el escrito presentado en nombre del histórico núcleo duro. Entre los demandantes figura la Sindicatura del Popular, junto a otras agrupaciones y fundaciones ligadas a la Prelatura como Fidesban, Vyosa, Unión Europea de Inversiones y varios exconsejeros como el secretario general Francisco Aparicio, José Ramón Rodríguez, Eric Gancedo o Luis Nigorra.

Con la resolución vieron esfumarse muchos cientos de millones de euros en su posición. Son asociaciones ligadas al Popular desde su fundación, entre las que figuran también antiguos empleados o directivos. La Sindicatura de Accionistas era, de hecho, el principal accionista con el 9,5% del capital, la Unión Europea de Inversiones (UEI) tenía un 3% antes del rescate interno y Vycosa es la dueña del emblemático edificio que albergaba su sede en la céntrica calle madrileña José Ortega y Gasset. Tradicionalmente defendieron la independencia de la entidad frente a las fusiones que salían al paso para proteger su modelo. Con su desaparición algunas como la Sindicatura o la instrumental EUI se han visto abocadas a la liquidación, por el agujero creado.

El bufete Ramón C. Pelayo Abogados que les representa ha solicitado en Luxemburgo anular la decisión de la JUR con, entre otros argumentos, que no cabía liquidar un banco solvente, ignoró las alternativas privadas o facilitó la compra por parte del Santander por un euro porque no propició la máxima concurrencia de oferentes con el propósito de maximizar el precio de colocación del que era el sexto banco.

“Incluso durante el mes de junio se seguían produciendo valoraciones externas que situaron el valor del banco entre 1.930 millones y 2.980 millones”, refiere el documento, que hace mención especial a que analistas del propio Santander la cuantificaron en 4.910 millones cuatro meses antes ocurrir la intervención al fijar un precio objetivo de 1,17 euros por título y recomendaban comprar -en ese momento la cotización rondaba los 0,97 euros-. “Es incomprensible que el Popular pasara, en un año, de un valor bursátil de 6.000 millones de euros a 1.330 millones y en 24 horas, de 1.330 a 0 euros, a la vista, ciencia y paciencia del Mecanismo Único de Supervisión (MUS)”, agrega.

La demanda pone en el disparadero el rol de los supervisores por supuesta inacción y a la JUR por una actuación que considera al margen de la ley y “desproporcionada”. En apoyo de la tesis de que era solvente subraya que el patrimonio recogido en las cuentas anuales auditadas por PriceWaterhouseCoopers (PwC) "superaba los 10.500 millones”, el propio gobernador del Banco de España refirió que el problema era de liquidez o el hecho de que ni Banco Central Europeo (BCE) ni el organismo dirigido por Elke König interviniesen con medidas de actuación temprana para reconducir la situación.

No se adoptaron medidas de actuación tempranas

“Si la entidad, a la fecha de la resolución, no fuera solvente, ello se habría debido a la infracción, gravemente negligente, de los deberes de supervisión y vigilancia de las entidades de crédito, que integra el principio de prudencia bancaria y que fueron ignorados tanto por el BCE como por la JUR”, concluye. Se refiere a los instrumentos con que la autoridad cuenta en la caja de herramientas y le permiten cambiar a los gestores, forzar la venta de activos, imponer virajes en la estrategia para resolver graves problemas en las entidades o segregar la parte mala de la buena buscando dar viabilidad a los bancos y evitar un colapso.

Que la tesis principal pivote sobre la solvencia es clave en la estrategia legal de pedir la anulación de una resolución que, a juicio del bufete, solo cabe bajo un supuesto de insolvencia y para refutar los ajustes acometidos en el proceso que tacha de “desproporcionados”. En este punto busca cuestionar que la decisión se tomase sobre un informe provisional elaborado por Deloitte en pocos días y que ofrecía una horquilla de valoración de entre 1.500 millones y -8.200 millones de euros, cuestionada, según recuerda, incluso por los inspectores del Banco de España.

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