Nueva sentencia

El gigante del videojuego Nintendo pierde la partida judicial con Hacienda

El Tribunal Supremo confirma la derrota por una liquidación de más de 100.000 euros exigida tras la adquisición del negocio portugués por parte de la filial española.

Fotografía Super Mario Odissey
Nintendo pierde otro pleito con Hacienda.
Nintendo

Nintendo, el gigante del videojuego dueño de la archiconocida saga Super Mario Bros, ha perdido definitivamente la batalla judicial contra Hacienda por la regularización exigida tras la compra de activos de la división portuguesa hace más de una década. El Tribunal Supremo confirma lo que ya concluyó la Agencia Tributaria: la venta de esas bases de datos de clientes para gestionar ese negocio desde Madrid, por la que abonó 1,8 millones de euros, representa un canon por el que tendría que haber tributado por el Impuesto de No Residentes.

El caso arranca en el año 2009. La filial española (Nintendo Ibérica SA) firmó un contrato con la división europea, con sede en Alemania, para la cesión de datos de clientes portugueses y datos operativos (información confidencial y datos relevantes para prestar los servicios de distribución de la filial portuguesa). Tras el pago por esto no practicó ninguna retención por el IRNR. Tres años más tarde, en octubre de 2012, el Jefe de la Dependencia de Control Tributaria practicó liquidación por ese concepto de 108.000 euros más los intereses de demora.

A partir de ese momento, Nintendo inició un periplo que acaba ahora. Primero acudió ante el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), que no le dio la razón. Después, trató de lograr el beneplácito de la Audiencia Nacional, que tampoco la respaldó. Hace algo más de un año presentó el último recurso ante el Tribunal Supremo. Y ahora llega la sentencia definitiva de la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal que además sienta jurisprudencia respecto a este tipo de transacciones.

Nintendo acumula varios pleitos con Hacienda por su singular estructura fiscal en el mercado español

La primera conclusión en forma de jurisprudencia del Supremo es que los pagos efectuados por una entidad residente en el mercado español a una no residente como consecuencia de la cesión de datos de clientes y de otros activos operativos deben ser declarados como rendimientos de capital mobiliario, en concepto de cánones o 'royalties' como viene establecido en el convenio de doble imposición hispano-alemán y en otros de otros países. Los pagos a una empresa española desde la otra compañía extranjera pueden someterse a imposición en España.

Por tanto, no pueden escapar a la retención por parte de la Agencia Tributaria española. Es decir, no deben ser interpretados como una compraventa de lo que se conoce como bienes incorporales, es decir de activos intagibles. En este caso de Nintendo, en el que se paga por la cesión de los datos de clientes y de datos operativos para poder llevar a cabo todas las ventas desde la filial española, no consta que la transmisión sea definitiva ni que la portuguesa haya perdido todo poder de uso sobre esa información. "Tales pagos, conforme a su consideración como cánones, deben estar sujetos al Impuesto sobre No Residentes", concluye la sentencia, consultada por La Información.

El TS sienta jurisprudencia con el caso de Nintendo: la cesión a filiales españolas de bases de datos deben tributar en España por Impuesto de No Residentes

Esta conclusión a la que llega la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso es relevante debido a que existen numerosas transacciones de este tipo por parte de las diferentes multinacionales tecnológicas, cuyas filiales españolas son meras comisionistas de un producto por el que se pagan una serie de 'royalties' a otras holding con sede en países como Irlanda, Luxemburgo o Países Bajos. Esta es la estructura que ha permitido adelgazar la factura fiscal de todos estos gigantes durante los últimos años.

Nintendo tiene experiencia con la Agencia Tributaria española. Ha tenido varias inspecciones durante los últimos años. Antes de la pandemia tenía abiertas dos investigaciones que acabaron con el pago de casi 3,5 millones de euros, entre intereses y liquidaciones. A esto hay que sumar un procedimiento cuya resolución no se ha hecho pública: en marzo de 2019, la filial española del gigante solicitó un arbitraje ante la Hacienda española y la alemana con el fin de confirmar si había existido en los últimos años una doble imposición en sus operaciones locales (aún no se ha hecho público el resultado). La sociedad española del grupo japonés opera desde hace dos décadas y se dedica a la importación y venta en el mercado español de videoconsolas propias y videojuegos.

Las grandes tecnológicas se han visto en repetidas ocasiones en los últimos años con la Agencia Tributaria, pero no tanto con los tribunales. De las principales empresas del sector, sólo Microsoft y Oracle han llegado hasta el final con sus pleitos. La primera perdió uno de los dos pleitos históricos (12 millones de euros) que mantenía tras una sentencia del Tribunal Supremo. Para el segundo inició un procedimiento amistoso cuyo resultado aún no se ha resuelto. Recientemente ha recibido más inspecciones. Oracle finalmente venció en el Supremo.

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