Golpe del Supremo al pelotazo del Ivima: jaque a la venta de pisos a Goldman

  • Anula las sentencias que impidieron a los afectados recurrir la operación: tienen interés en el caso al perder sus viviendas la protección social
El expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González. / EFE
El expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González. / EFE

Fue una operación muy polémica. El Gobierno de Ignacio González -ahora imputado por corrupción en el caso Lezo- vendió en agosto de 2013 hasta 2.935 viviendas protegidas del Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima) al fondo de inversión Goldman Sachs. Sus inquilinos protestaron por el incremento en sus alquileres que supondría la operación y la pérdida de las ventajas de disfrutar de una vivienda social. Más de cuatro años después de esa venta, el Supremo ha anulado las sentencias que les impidieron recurrir el 'pelotazo'. El tribunal cree que tienen un interés legítimo para impugnarlo porque, con él, sus pisos perdieron la protección social.

La operación supuso el traspaso de la empresa pública de la vivienda de la Comunidad de Madrid a la empresa Encasa Cibeles (participada al 97% por Goldman Sachs) de 1.380 viviendas de la capital, 259 en Móstoles, 224 en Torrejón de Ardoz, 21 en Tielmes, 240 en Parla, 44 en Collado Villalba, 332 en Majadahonda, 36 en Leganés, 80 en Valdemoro, 127 en Arroyomolinos y otras 192 en Navalcalnero. En total fueron 32 promociones por las que el Ivima recibió 201 millones de euros. 

Algunos de sus inquilinos recurrieron la decisión del Gobierno de González a los tribunales, pero en muchos casos, los jueces les negaron la posibilidad de hacerlo al considerar que la enajenación de sus viviendas no incidía ni afectaba "en nada" a sus intereses, ya que "las condiciones y los términos de su contrato de arrendamiento" permanecerían "inalteradas". Los tribunales consideraron que la venta de sus viviendas protegidas al fondo de EE UU no tenía "ninguna consecuencia económica" para esos recurrentes.

Uno de ellos, residente en Navalcalnero, ha llevado su caso hasta el Supremo después de que el Juzgado de lo Contencioso 29 de Madrid y la sección octava de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid le negaran el derecho a impugnar la venta de su casa. Y el alto tribunal le ha dado la razón.

Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en contra del criterio de los órganos inferiores, consideran que el inquilino sí tiene un "interés legítimo" en la causa. Porque el paso de la vivienda que ocupa del sector público a una empresa privada, implica diferencias "en cuanto al grado de protección social de la vivienda y de sus arrendatarios que ello implica".

La Sala recuerda que un organismo público como el Ivima está obligado constitucionalmente a "promover las condiciones para la libertad y la igualdad del individuo" y recuerda que el artículo 47 de la norma fundamental obliga a los poderes públicos a promover "las condiciones necesarias" y a establecer "las normas pertienentes" para hacer efectivo el derecho a la vivienda. 

Sin embargo la entidad privada que resultó adjudicataria de las viviendas -la empresa Encasa Cibeles SL-solo tiene como finalidad "la obtención de beneficios en una sociedad de mercado". Por lo tanto, la venta de la vivienda del recurrente a esa sociedad cambia las condiciones del contrato y lo despoja "de todo criterio e interés social". "Si bien en el momento actual no se origina ninguna variación, es claro que en un futuro las condiciones pueden variar en función de nuevos criterios del sector privado", sostiene el tribunal.

La Sala da por "ciertas" las futuras consecuencias negativas que tendrá para el recurrente la venta de su casa "derivadas de la desaparición de los beneficios y fines sociales inherentes a la actuación que corresponde al Ivima". Y asegura que su "interés legítimo" es "el mantenimiento de las condiciones sociales del arrendamiento". Y enumera entre los beneficios que perdería "la bonificación temporal de la renta y las prórrogas" entre otros "incentivos sociales" que está claro que "no subsistirán a partir del momento en que pierdan vigencia las condiciones del arrendamiento".

Por esa razón, anula las dos sentencias que le negaron su derecho a recurrir y ordena retrotraer las actuaciones al momento en que se dictó la primera sentencia para que se dicte teniendo en cuenta sus alegaciones defendiendo sus intereses, lo que abre la puerta a reclamar a otros muchos afectados.

La sentencia viene a confirmar la posición del Defensor del Pueblo sobre el caso. Su antigua titular, Soledad Becerril, advirtió en julio de 2014 que una vez que esas 2.935 viviendas pasaron a manos privadas ya no cabía "la aplicación de las normas de servicio público". "Se ha producido así una privatización total de la situación jurídica de los arrendatarios, que les perjudica, pues antes estaban más protegidos que ahora", señaló la exdefensora en un informe.

La propia asociación de afectados señala en su página web que la operación cambió radicalmente sus vidas. "De tener la seguridad de una vivienda digna en la que construir nuestro proyecto vital, hemos pasado a la incertidumbre de si podremos o no seguir en ella por mucho tiempo, ya que, pasados los primeros años desde la venta, todas las familias que disfrutábamos de una ayuda al alquiler, la perdimos".

La privatización de sus viviendas, ha supuesto, mantienen, "no poder afrontar el pago mensual del arrendamiento, al verlo incrementado entre el 100% y el 500%", aseguran. 

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