Introduce el delito de cohecho

Iberdrola revisó a fondo el protocolo de corrupción bajo la lupa del caso Villarejo

Deja sin concretar y en manos de la unidad de cumplimiento normativo y su consejo las medidas a tomar en caso de que algún directivo de la empresa figure como imputado en alguna causa judicial.

La Fiscalía indaga un pacto en Iberdrola para proteger a Galán del caso Villarejo
Iberdrola revisa toda su política sobre corrupción bajo la lupa del caso Villarejo.
EFE

Iberdrola acaba de revisar toda su política sobre prevención de delitos y  medidas contra la corrupción y el fraude, dentro de su estrategia de gobierno corporativo, para adaptarlas a las nuevas circunstancias que afrontan las empresas en este ámbito y que se han visto trastocadas por las investigaciones judiciales del caso Villarejo. Los nuevos “principios básicos de actuación” en cada uno de esos aspectos se aprobaron en el consejo de administración del pasado 19 de abril, con la cúpula de la eléctrica pendiente entonces de lo que pueda surgir sobre su implicación en la macrocausa de Tándem tras la revisión de las nuevas pruebas documentales secretas que los fiscales y el juez están llevando a cabo. Una vez que se ha pedido la imputación de Sánchez Galán y tres de sus directivos más cercanos, los nuevos protocolos se pondrán en marcha y tendrá que ser la unidad de cumplimiento normativo y su consejo quienes decidan si toman alguna medida al respecto. 

La mayor novedad técnica que se puede encontrar en la revisión de los planteamientos de la nueva “política contra la corrupción y el fraude” y que no estaba en anteriores documentos sobre gobierno corporativo es la introducción del cohecho como uno de los posibles delitos que hay que evitar  en el seno del grupo. El primer postulado de la redacción revisada establece que "el Grupo no tolera, permite o se involucra en ningún tipo de corrupción, incluido la extorsión y el cohecho, en el desempeño de su actividad empresarial, ni en el sector público ni en el privado". Se ha retirado la mención anterior a los posibles "sobornos" y se ha hecho especial hincapié en los dos delitos que más preocupan a la firma en el caso Villarejo: la extorsión, que centra su conflicto con Florentino Pérez, y el cohecho activo, que es la clave que los fiscales y el juez manejan en la instrucción de esta pieza del sumario y de otras en las que están involucradas empresas del Ibex 35.

Aunque se trate de una normativa que está muy lejos en el tiempo de los hechos sobre los que se investiga a Iberdrola, es cierto que con estos principios básicos que se actualizan, -establecidos por el consejo de la compañía en diciembre de 2016 y revisados ahora-, no se habría podido contratar a la empresa de Villarejo sabiendo lo que se sabe ahora. Otro de los principios básicos establece que “ningún proveedor del Grupo deberá ofrecer o conceder a funcionarios públicos (…), directa o indirectamente, regalos, obsequios u otras ventajas no autorizadas, ya sean en metálico o en forma de otras prestaciones, con el objetivo de conseguir tratos de favor en la concesión o conservación de contratos o en las relaciones comerciales, o beneficios personales o para la empresa proveedora”. El proveedor en este caso fue Cenyt, la empresa del comisario, pero quedan por dilucidar los métodos que utilizaba o si se le podía o no contratar como empresario pese a ser funcionario, tal y como admite un informe oficial de Interior contemplando en la causa, para dejar de lado la posibilidad de que pudiera haberse cometido cohecho.

La unidad de cumplimiento y el código ético

El ajuste de todas estas políticas y su adecuación a algunas de las circunstancias del caso Villarejo realizada en el consejo del mes de abril se hizo dentro de un repaso general de la estrategia de gobierno corporativo muy amplio, en el que se retocaron once capítulos del área de cumplimiento normativo, trece políticas de riesgos y las reglas de funcionamiento de otros diez órganos sociales y comités internos. Entre esos últimos, destaca la renovación del Reglamento de la Unidad de Cumplimiento, una especie de policía interna que se ha creado en la empresa para velar porque se cumplan las normas de gobernanza y su código ético, “para lo que tiene atribuidas amplias competencias, autonomía presupuestaria e independencia de actuación”.

La compañía que preside Ignacio Sánchez Galán  ya renovó su código ético a mediados del pasado mes de diciembre y ha revisado cuatro meses más tarde el funcionamiento de la unidad de cumplimiento precisamente para que haga de intérprete “de forma vinculante” de ese código y resuelva cualquier duda sobre su contenido, en particular, “en relación con la aplicación de las medidas disciplinarias por los órganos competentes”. Lo que no se establece en esa estructura normativa ni en ninguna de las políticas de prevención de delitos, corrupción o fraude es la concreción de esas medidas “disciplinarias” ni las consecuencias directas que puede tener ser imputado o investigado en un proceso judicial.

Uno de los artículos del código ético, relativo a las normas de conducta de los profesionales de la empresa, establece la obligación de informar a la unidad de cumplimiento de “la incoación, evolución y resultado de todo procedimiento judicial, penal o administrativo, de carácter sancionador, en el que el profesional sea parte imputada, investigada, inculpada o acusada” y pueda afectarle en el ejercicio de sus funciones o perjudicar la imagen, la reputación o los intereses del grupo. A partir de ahí, esa especie de ‘policía interna’, controlada por un presidente y un director bajo el asesoramiento de un “secretario”, determinará junto con el consejo de administración “el protocolo que se apruebe al efecto”. Sin más.

En su aplicación práctica sobre los directivos de Iberdrola que están ya considerados como investigados en la instrucción del caso Villarejo, la decisión que se ha tomado por el momento es mantenerles en sus puestos sin mayores represalias. Fuentes empresariales cercanas al caso aseguran que esa es la línea correcta, toda vez que a esos altos directivos les asiste la presunción de inocencia, se les acusa de unos delitos que pueden estar prescritos y, tanto en el seno de la empresa como en el análisis que realizan asesores externos, se ha comprobado que su conducta fue la correcta. 

Este tipo de evaluación interna a partir de la unidad de cumplimiento será también la que actúe ante las posibles imputaciones de la cúpula de la compañía porque si deja algo claro la política revisada de prevención de delitos de la compañía ahora, es que la “tolerancia cero” hacia la comisión de actos ilícitos implica a todos los profesionales del grupo, “con independencia de su nivel jerárquico y del país en que trabajen”.

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