En el cobro de dividendos

De Santander a BNP: cruzada de la banca para recuperar un alud de impuestos

Fondos, sicavs y aseguradoras reclaman importantes cantidades pagadas de más a la Hacienda Pública a la hora de cobrar sus retribuciones como accionistas.

La Bolsa española ha mantenido una rentabilidad histórica del 4% por dividendo.
La Bolsa española ha mantenido una rentabilidad histórica del 4% por dividendo.
EFE

El sector financiero se ha puesto las pilas y reclama importantes cantidades pagadas de más en concepto de impuestos al cobrar dividendos a las diferentes haciendas públicas. Gestoras de fondos, sicavs y aseguradoras -a través de los fondos de pensiones- son las compañías que están reclamando, en mayor medida, los tributos pagados de más en los últimos años como consecuencia de las diferencias fiscales entre unos y otros países y la cada vez más importante compraventa de acciones a nivel internacional. Entre los nombres propios más importantes que han emprendido esta reclamación se encuentran Banco Santander, BNP Paribas, Renta 4 o Santa Lucía, según consta en la CNMV. 

Una de las ventajas principales que tienen, por ejemplo, los fondos de inversión a nivel financiero es el escaso porcentaje de impuestos que pagan. En concreto, en el caso de España este tipo de vehículos tributan al 1% con respecto al Impuesto de Sociedades. En cambio, en el momento en que fondos extranjeros invierten en empresas españolas, a la hora de cobrar el dividendo estaban obligados a pagar una retención como no residentes. Lo mismo ocurre con los españoles que invierten en otros países. Ese es precisamente el montante que ciertas compañías, a través de reclamaciones judiciales, tratan de recuperar. 

En la Unión Europea existe un 'pasaporte' que obliga en el conjunto de países miembros a que fondos y acciones sean tratados por igual independientemente del país en el que tengan su sede las compañías. Por ello, se debe realizar la devolución de los importes indebidamente pagados. Para conseguirlo existen dos procedimientos diferentes. El primer método es el ordinario por el cual se evita la doble imposición, y que se basa en presentar en el momento de pago de dividendo un certificado de diferencia expedido por el custodio de las acciones con el que se aplicará el tratado vigente. 

En cambio, las gestoras de fondos, entre las que se encuentran las ya citadas y otras como Credit Suisse, quieren recuperar la totalidad de lo pagado en concepto de impuestos. Para ello, existe un segundo procedimiento de carácter judicial cuyo coste, además, puede ser contabilizado por el fondo, evitando que sea un gasto para la gestora. Este proceso fue iniciado y ganado en Europa por Aberdeen hace ya algunos años, lo que marcó el camino que ahora siguen muchas otras compañías y que se ha extendido más allá de las fronteras de la UE. 

Entre las gestoras que han ganado la batalla a la Hacienda pública española están las estadounidenses Blackrock y Vanguard, dos de las más importantes del mundo, y también Norges, el fondo de pensiones de Noruega. Por ello, las firmas españolas han tomado el mismo camino y han comenzado a presentar reclamaciones a través de compañías especializadas, como Globe Refund, que basan su actuación en la pionera sentencia de Aberdeen que creó jurisprudencia en la UE. 

Diferencias por países

Pero pese a la existencia de un tratado a nivel europeo, las diferencias entre la tributación de unos y otros países -también fuera de la UE- son importantes. Así por ejemplo la tasa legal a pagar a la hora de recibir el dividendo va desde un 15% para Grecia o Rusia hasta un 35% en República Checa. La mayoría de países cuentan con beneficios fiscales que rebajan este porcentaje bien en función de leyes locales o de los tratados europeos, pero aún así las diferencias pueden ser de hasta 15 puntos. 

De igual manera la forma de reclamar es diferente en función del país en el que tenga la sede la compañía que paga el dividendo, pues el plazo sobre el que se puede actuar va desde los dos hasta los seis años. Para tratar de evitar que esto ocurra, España aprobó un real decreto a finales de 2019 por el que se facilita a los fondos y planes privados de otros países de la UE  que puedan evitar pagar esta retención ajustándose a su condición de instrumento de inversión colectiva. Pero la batalla por recuperar lo pagado de más ya había empezado para muchos inversores y habrá que esperar para ver cómo se resuelve. 

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