Incertidumbre legal: Europa retrasa el fallo por las 'cláusulas suelo' pactadas

  • Las conclusiones del abogado del TJUE por la novación de 'cláusulas suelo' se retrasan hasta el próximo 30 de enero. El fallo definitivo, para junio.
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EFE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) aplaza la lectura de las conclusiones de su abogado general al respecto de la novación de las cláusulas suelo -prevista inicialmente para este jueves- hasta el próximo 30 de enero. De este modo, se prolonga, todavía más, el periodo de incertidumbre legal al que se enfrenta el sector financiero, que se juega cientos de millones de euros en este procedimiento y que también está a la espera de conocer la sentencia de la justicia comunitaria relativa a la comercialización de hipotecas vinculadas al IRPH.

Tras el retraso en las conclusiones del abogado general, ahora se espera que el el fallo del TJUE al respecto de la novación de cláusulas suelo llegue a finales de primavera o comienzos del verano. En este proceso, los tribunales comunitarios amenazan con anular miles de hipotecas con mínimos preestablecidos en el tipo de interés que los bancos renegociaron con sus clientes a partir del 9 de mayo de 2013, cuando el Tribunal Supremo decretó abusivas, por falta de transparencia, estas disposiciones, aunque sin ningún tipo de retroactividad.

En muchos de estos acuerdos, las entidades ofrecieron eliminar la cláusula suelo, rebajarla o cambiar la hipoteca a tipo fijo a cambio de que se renunciara a emprender posteriores acciones legales. En los contratos en los que se mantuvo la cláusula suelo pero con una rebaja en el tipo de interés mínimo, el banco, además, obligó al cliente a escribir de su puño y letra que 'era consciente y entendía que el tipo de interés de su préstamo nunca bajaría del X% nominal anual'.

El problema llegó cuando, en diciembre de 2016, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) corrigió a la justicia española en lo que respecta a la retroactividad de las cláusulas suelo al dictaminar que los afectados por este tipo de disposiciones tenían derecho a recuperar todo el dinero que pagaron de más desde la constitución de la hipoteca. Entonces, los clientes que ya habían renegociado las condiciones de su hipoteca a cambio de no reclamar denunciaron en los tribunales que los acuerdos suscritos fueron impuestos desde las entidades y exigieron la devolución de todo lo que pagaron de más.

El caso llegó hasta el Tribunal Supremo, que el 11 de abril de 2018 falló a favor de la banca y decretó que los consumidores no tenían derecho a recuperar el dinero. En octubre de 2018 un juzgado de Teruel elevó la cuestión al TJUE por una novación firmada en 2014 con Caja3 en la que se rebajó el tipo de interés de la cláusula suelo del 3,25% al 2,35% con el consentimiento expreso del cliente, que renunciaba a emprender acciones legales. La vista en Luxemburgo se celebró el pasado 11 de septiembre y, según el despacho Independencia 24 -que representa al afectado- los letrados de la UE se posicionaron a favor del consumidor y en contra del criterio de la entidad y de la propia Abogacía del Estado.

Estaba previsto que la vista para la lectura de las conclusiones del abogado general del TJUE Henrik Saugmandsgaard se celebrara el 12 de diciembre, si bien esta fecha se ha retrasado hasta el 30 de enero de 2020. Esta figura comunitaria es una suerte de fiscal a nivel europeo y su dictamen no es vinculante, aunque tiene influencia y coincide en la mayoría de los casos (dos de cada tres) con la sentencia final del TJUE, que está previsto que emita su juicio al respecto de esta cuestión entre los meses de mayo y junio.

Una sentencia desfavorable a los intereses de la banca podría poner en riesgo cientos de millones de euros de la banca, ya que las provisiones que hicieron las entidades en 2017 a instancias del Banco de España no cubrían su exposición total a las cláusulas suelo. Eso sí, esta por ver si el fallo del TJUE afecta a todas las novaciones de cláusula suelo o solo a aquellas en las que esta disposición se mantuvo, pero rebajada, como es el caso que estudia la justicia comunitaria.

Riesgo para Santander y Sabadell

Entre los posibles afectados se encuentra el Banco Santander, que teme tener que realizar una nueva provisión por cláusulas suelo pese a que nunca las incluyó en sus hipotecas. Y es que el grupo cántabro heredó del Popular provisiones por 500 millones por cláusulas suelo, una cobertura del 50% sobre el riesgo total máximo en un escenario severo y no probable, fijado en 900 millones de euros por los antiguos gestores.

Después de que Santander haya devuelto 396 millones a través del mecanismo extrajudicial, la 'hucha' que construyó el Popular y que heredó Ana Botín se ha reducido en dos años hasta 85 millones de euros, por lo que el banco advierte al mercado de que no descarta tener que realizar nuevos recargos por las cláusulas suelo, o afrontar responsabilidades adicionales, que podrían lastrar sus resultados.

Otra de las entidades que advierte sobre esta contingencia es Banco Sabadell, entidad que limitó su exposición a cláusulas suelo pasando estas hipotecas a tipo fijo. El grupo catalán, que defiende que la mayoría de sus cláusulas suelo se comercializaron adecuadamente, reconoce públicamente un riesgo máximo de hasta 505 millones en un escenario "remoto" sobre unas provisiones de 110 millones.

"Víctimas de la incorrecta jurisprudencia del Supremo"

En cualquier caso, hubo más bancos que ofrecieron eliminar la cláusula suelo, rebajarla o pasar la hipoteca a tipo fijo a cambio de que se renunciara a emprender posteriores acciones legales, una práctica que se comprobará en los meses si se adecuaba, o no, a la legislación de la Unión Europea (UE). "Los miles afectados por cláusula suelo que aceptaron un acuerdo con su banco renunciando a las cantidades abonadas de más antes de mayo de 2013 son víctimas de una incorrecta jurisprudencia del Tribunal Supremo que Europa corrigió", comenta al respecto Patricia Suarez, presidenta de la asociación de consumidores Asufin.

Por el momento, el Tribunal Supremo ha suspendido, hasta que se pronuncie el TJUE, tramitar los nuevos recursos sobre acuerdos o novaciones de cláusula suelo. Una vez resuelto este asunto y el del IRPH, el siguiente riesgo legal al que se deberá enfrentar el sector financiero es el de las tarjetas 'revolving', que llegarán hasta el Alto Tribunal de la mano de WiZink.

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