¿Puede afectar el desalojo exprés a un desahucio?

  • Los desalojos exprés permitirán a los propietarios desocupar sus viviendas de forma mucho más ágil. Bancos o fondos de inversión no podrán acogerse.
¿Puede afectar el desalojo exprés a un desahucio?
¿Puede afectar el desalojo exprés a un desahucio?
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El pasado martes 24 de abril, la Comisión de Justicia del Congreso aprobó la Proposición de Ley del PDeCat, con el fin de acelerar el desalojo de las viviendas ocupadas ilegalmente. En un primer momento se presentó como una modificación para regular un procedimiento específico, si bien finalmente se ha concebido como una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Una vez que se proceda a la tramitación y aprobación por parte del Senado, las resoluciones judiciales deberán resolverse en un máximo de 20 días.

La aplicación de esta Ley establece que el interesado, en este caso, el dueño legítimo de la vivienda, deberá presentar las escrituras de esta, tras lo cual, los ocupantes recibirán una notificación. A partir de ese momento, deberán entregar una acreditación que demuestre su estancia legal en la vivienda en un plazo máximo de 5 días. En el caso de no aportar una justificación suficiente, el tribunal ordenará la entrega de la vivienda.

La policía, además, podrá ejecutar el desalojo sin necesidad de que transcurra el plazo de 20 días previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, siempre que así lo solicite el propietario. Una vez que se ordene el auto, no se podrá recurrir en ningún caso y “se llevará a efecto contra cualquiera de los ocupantes que se encontraren en ese momento en la vivienda”. La ley contempla la comunicación "a los servicios públicos competentes en materia de política social", durante el proceso, "si procediera su actuación", aunque no de oficio sino una vez se obtuviera consentimiento de "los interesados".

Los desalojos exprés podrán ser aplicados cuando el dueño de la propiedad sea un ciudadano particular, una entidad social sin ánimo de lucro, o la propia administración pública. En ningún caso podrán utilizar esta vía entidades privadas (como bancos) o fondos de inversión (fondos buitre), quienes tendrán que utilizar el procedimiento estándar, mucho más lento y garantista. Este es uno de los pilares de la modificación de la Ley, ya que no permitirá que este tipo de entidades usen estas vías para conseguir desahucios rápidos. Tampoco podrán utilizarla particulares para desalojar a inquilinos morosos.

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