El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de la tasa del Ayuntamiento de Barcelona sobre la inspección de viviendas vacías, al considerar que esta administración "no es competente para aprobar disposiciones de carácter general en esta materia".
El Alto Tribunal ha desestimado así el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Barcelona contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que ya declaró la nulidad de pleno derecho del artículo de la Ordenanza Fiscal por la que el Consistorio de la Ciudad Condal aprobó la tasa en septiembre de 2016.
La sentencia recurrida, y cuyo fallo ha confirmado el Tribunal Supremo, ha dado la razón a Sareb, entidad que fue la que recurrió la modificación de dicha tasa municipal.
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