Juicio a la gran crisis bancaria

La Audiencia absuelve a Rato y los 33 acusados por la salida a bolsa de Bankia

Los magistrados concluyen que no hubo estafa ni falsedad contable con la operación bursátil la cual contó con la aprobación de todos los supervisores. 

Rodrigo Rato portada
Rodrigo Rato afrontaba ocho años y medio de prisión por dos delitos. 
EFE

Sentencia histórica en la Audiencia Nacional. El tribunal que juzgó la salida a bolsa de Bankia ha acordado absolver al expresidente de la entidad, Rodrigo Rato, y al resto de los 33 acusados de los delitos de estafa y falsedad contable por los que se les acusaba. Tras cerca de once meses de deliberaciones, la Sala de lo Penal concluye que la operación bursátil contó con la aprobación de  todos los supervisores (Banco de España, CNMV, FROB y EBA) y que el folleto contenía una "amplia y certera" información tanto financiera como no financiera.

Se trata de un gran triunfo para toda la excúpula de la entidad que ahora preside Ignacio Goirigolzarri en detrimento de la Fiscalía Anticorrupción la cual, tras un juicio que se alargó más de diez meses, endureció su petición de penas y acusó por falsedad contable a más de una decena de exdirectivos pertenecientes al comité de auditoría. Ahora, el tribunal que ya juzgó la pieza separada de las tarjetas black, resuelve en la dirección contraria a la adoptada entonces y considera que ni Rato (que afrontaba una petición de cárcel 8 años y medio) ni el resto de los acusados -entre los que se encuentran José Luis Olivas, José Manuel Fernández Norniella, Ángel Acebes o Francisco Verdú- son responsables penales de la caída de la entidad nacionalizada. De hecho, a lo largo de todo el fallo los magistrados tumban las tesis de Anticorrupción, que califican de "proclamas basadas en premisas cuya veracidad están huérfanas de pruebas y en las que reina la total carencia de precisión de acontecimientos".

La histórica sentencia, de 442 páginas, concluye que los acusados omitieron de manera "consentida" el detrimento que iba a suponer para las cuentas de Bankia la participación de BFA. Ahora bien, esa omisión no tenía como fin alterar la imagen fiel de la entidad puesto que "tenían la convicción de que la mala situación de la matriz" se resolvería mediante el Plan de Actuación (plan Rato); hecho que no se produjo. En consecuencia, decae el delito de falsedad contable que afrontaban los 34 acusados. De Rato el mismo tribunal que le condenó por las tarjetas 'black' dice ahora que se le ha achacado tanto por Anticorrupción como por las acusaciones una imputación "genérica, vaga e imprecisa" en lo que respecta al hecho de que habría ocultado los deterioros de las cuentas de BFA en 2010. "Pero ¿En qué consistió esa limitación, anomalía e irregularidad de su análisis?, y ¿qué tipo de diligencias concretas debiera haber practicado el Auditor para hacer factible la posible afloración de unos deterioros ocultos?", cuestiona el fallo.

"Imposición" de las autoridades

El conocimiento y beneplácito que dieron el regulador y supervisor no solo a la salida a bolsa sino también a la integración de las cajas que conformaron el SIP fue la clave que defendieron reiteradamente los acusados y que ahora da por buena la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Ángela Murillo. El tribunal ha dividido su resolución en tres bloques: la formación de la matriz BFA y de Bankia, la operación bursátil que tuvo lugar en julio de 2011 y finalmente las cuentas relativas a ese ejercicio y que acabaron siendo reformuladas. En todos ellos la conclusión de los magistrados es la misma: contó con el visto bueno de los organismos reguladores. Incluso de la integración de las siete cajas -entre ellas Caja Madrid y Bancaja- la Sala de lo Penal determina que fue "impulsada por las autoridades económicas y monetarias", en el marco de un proceso "intensamente supervisado" por el Banco de España.

Insiste el fallo en que el proceso de nacimiento de Bankia (que según expuso Rato vino ordenado por el entonces Ejecutivo de Zapatero), se hizo sin que a día de hoy pueda resultar acreditado que las cuentas anuales y consolidadas de BFA en 2010 no reflejaran la imagen fiel de la matriz. Primero debido a que las cajas integrantes del SIP hubieran realizado ajustes al final del ejercicio por importe de 9.207 millones (resultando una "cuantía insuficiente) y segundo porque dichos ajustes se realizaron contra reservas y no contra resultados. Un movimiento este último, que a juicio de la fiscal Anticorrupción Carmen Laúna y de los peritos del Banco de España, se trató de una triquiñuela legal. 

  • "La información del folleto era más que suficiente para que los inversores se formasen un criterio razonado sobre el valor de la compañía"

Bankia era viable

Una vez acreditado que se produjo un tratamiento contable que respetó la normativa del supervisor, los magistrados pasan a analizar la otra operación que puso en jaque a la excúpula de Bankia: la presentación del folleto informativo para la salida a bolsa. Pese a que algunos inversores se pronunciaron con dureza en el juicio acerca de este capítulo concreto, la Sala concluye que "no puede calificarse de falsa" la información que en él contenía. Y ello porque no vulneró la normativa de entonces y se cumplió además con las exigencias del regulador. Con todo, los magistrados reconocen que, aunque no contribuyeron a que la imagen fiel de la entidad luciera adecuadamente", hay que tener presente que el regulador autorizó "expresamente algunas decisiones contables".  

"Pues bien parece difícil concebir que cualquier entidad bancaria, después de contar con el beneplácito del Banco de España, de la CNMV, del FROB y de la EBA sobre la idoneidad de su salida a Bolsa y la adecuación del Folleto informativo a la realidad, recele de todos estos pareceres y proclame la necesidad de adoptar prevenciones ante compañías publicitarias que, como en el caso de Bankia, resalten la potencia de la entidad", concluye el fallo en relación a la gran campaña publicitaria que acató la Bankia de Rato con motivo de la salida a bolsa y que fue duramente criticada por la Fiscalía Anticorrupción. Además, añade que se informaron de hasta 36 factores de riesgo en la oferta de títulos y recuerda que la CNMV "lo visó y aprobó".

De este modo, la Sala de lo Penal disipa cualquier de duda en lo que respecta  a la actuación de los máximos responsables de la CNMV así como a los inspectores que supervisaron la operación y ello pese a que en el juicio se produjeron contradicciones notorias especialmente entre altos cargos del Banco de España, los cuáles confrontaron versiones acerca de la viabilidad de Bankia. Al respecto, los tres magistrados concluyen que la entidad era viable en el momento de la salida a Bolsa y comparten el eterno argumento defendido por Rato, el cual llegó a reprocharle a la fiscal que no tenía una "bolita de cristal" entonces para vaticinar lo que iba a ocurrir en los mercados. 

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