Por los falsos autónomos

La Justicia aplaza a noviembre de 2023 el juicio de 3.200 'riders' contra Glovo

En concreto, este proceso, contra la plataforma de reparto, estaba previsto que tuviera lugar el 24 y 25 de noviembre, pero el pasado jueves un juzgado madrileño lo ha retrasado al 16 y 17 de noviembre de 2023.

Una mochila de Glovo por una calle del centro de Madrid.
La Justicia aplaza a noviembre de 2023 el juicio de 3.200 'riders' contra Glovo.
Europa Press

El Juzgado de lo Social, número 32 de Madrid, ha decidido retrasar a noviembre de 2023 el macrojuicio contra Glovo que afecta a 3.200 repartidores, que fueron dados de alta como falsos autónomos por la Inspección de Trabajo en 2018, según ha informado UGT en un comunicado.

En concreto, este proceso, contra la plataforma de reparto, es un procedimiento de oficio que afecta a más de 3.000 'riders', estaba previsto que tuviera lugar el 24 y 25 de noviembre, pero el pasado 24 de noviembre este juzgado madrileño lo ha retrasado para el 16 y 17 de noviembre de 2023.

El sindicato ha indicado que Glovo, en su estrategia de dilatar los procesos judiciales, ha pedido la suspensión de este juicio, con el pretexto de que una prueba de la Agencia Tributaria se había recibido la víspera del juicio y otra solicitada a una ETT hace unos días no había sido aportada.

UGT denuncia que otros juzgados "no se han plegado a estas maniobras en procedimientos anteriores y los juicios se han celebrado, realizándose las conclusiones por escrito, sin más dilación". El abogado de UGT se opuso a la suspensión del acto del juicio y al nuevo señalamiento para dentro de un año, recibiendo el apoyo del resto de letrados de los repartidores, así como del abogado de la Administración de la Seguridad Social.

UGT, que considera que el Juzgado de lo Social número 32 ha dado "indebidamente cobertura a la dilación del procedimiento en beneficio de Glovo", ha recurrido el nuevo señalamiento para noviembre del 2023, con base en la doctrina constitucional con relación al derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, recientemente reiterada por el Tribunal Constitucional en STC 125/2022, de 10 de octubre de 2022 (BOE 18-11-2022).

Mostrar comentarios