Incluye la creación conjunta de una oficina 

Justicia pone trabas a la ley concursal de Calviño y frena a última hora el acuerdo

La vicepresidenta económica quería tener zanjado esta semana el paquete de normas empresariales, pero sus planes se han visto truncados. 

La ministra de Justicia, Pilar Llop, y la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño
La ministra de Justicia, Pilar Llop, y la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño
J. Hellín / Europa Press

El ministerio de Justicia ahora dirigido por Pilar Llop ha puesto impedimentos a la reforma de la ley concursal de Nadia Calviño, retrasando su aprobación 'in extremis'. La ministra de la cartera económica quería tener zanjado esta semana el paquete de normas empresariales, que además de la transposición de la directiva comunitaria sobre reestructuración e insolvencia a la legislación española, incluye la ley de fomento del ecosistema de 'startups' y la de impulso a la creación empresarial. Según las fechas actuales, es previsible que los proyectos de estas normas no lleguen al Congreso de los Diputados hasta finales de año y no puedan iniciar su andadura hasta 2022.

El Consejo de Ministros debe aprobar el texto del anteproyecto de ley de la reforma concursal para someterlo a audiencia pública y luego proceder a su tramitación. Estaba previsto que esta misma semana se diera el primer paso, si bien ha quedado fuera de los temas abordados por el cónclave gubernamental del martes. La ministra de Asuntos Económicos indicó tras la reunión que saldrá en "próximas fechas". Este aplazamiento puede haberse dado por dificultades entre ambos ministerios para llegar a puntos de acuerdo, aunque algunos medios del Ejecutivo aseguran que se está trabajando sin fisuras y que lo que ocurre simplemente es que se trata de un proyecto muy ambicioso. 

La reforma de la ley concursal aboca a las carteras de Justicia y de Economía a trabajar muy estrechamente. Pilar Llop y Nadia Calviño, como jefas de cada área ministerial, dirigen la transposición de esta normativa comunitaria a la legislación española, que pretende afrontar las limitaciones de la actual mediante una reforma estructural de calado del sistema de insolvencia. Una de las principales novedades será la puesta en marcha de un servicio de asesoramiento a pequeñas y medianas empresas en un estadio temprano de dificultades con el propósito de evitar situaciones de importante complejidad, que será fundamental ante la previsible oleada de quiebras consecuencia de la crisis del Covid-19 una vez se acabe el apoyo al tejido productivo.

El proyecto incluye la creación de una oficina para que las pymes pidan 'auxilio' en un estadio temprano de dificultades

Esta oficina será gratuita, tendrá carácter personalizado y velará estrictamente por la confidencialidad de las pymes que soliciten 'auxilio'. Su creación tendrá que llegar antes del 17 de julio de 2022 y su reglamento se aprobará mediante Real Decreto, según consta en el anteproyecto de ley de la reforma que adapta la directiva europea de 2019 sobre la reestructuración e insolvencia. Algunas incógnitas de esta oficina de orientación para compañías en situación delicada pero todavía sin problemas claros se ciernen sobre la estructura o financiación de la misma, que no queda reflejado en el documento. 

También tendrá un papel determinante la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, quien por medio de una orden ministerial tiene la obligación de poner en marcha en el plazo máximo de un año un mecanismo de alerta temprana a empresas que tengan probabilidades de contraer serios problemas que pongan en jaque su solvencia. Este ministerio será el encargado de lanzar advertencias teniendo en cuenta diversos indicadores antes de que la insolvencia se manifieste de forma clara, puesto que llegado ese momento el aviso ya sería superfluo. 

Según el análisis del sistema de insolvencia actual, los denominados instrumentos preconcursales han venido amentando de forma lenta y su uso ha sido casi residual. A pesar de esto, es conocido que son procedimientos ágiles y con una participación reducida de la administración judicial. Su objetivo es alcanzar acuerdos entre empresas viables y sus acreedores en el momento más inicial de dificultades financieras. También incrementan la eficiencia del sistema de forma directa, al posibilitar una reestructuración temprana y rápida, pero también de forma indirecta, al liberar recursos administrativos y descongestionar el procedimiento concursal.

Objetivo: Evitar quiebras sin el estigma del concurso, incrementando la eficacia y las posibilidades de éxito

Ante la libertad de opción a la hora de alcanzar los objetivos del texto europeo, el legislador español ha considerado oportuno marcar como prioridad la intervención judicial mínima. De este modo, mientras que la empresa sea económicamente viable, está justificada su reestructuración para evitar los riesgos de destrucción de valor asociados al procedimiento concursal y el consiguiente perjuicio para todas las partes afectadas. Las reestructuraciones, tanto de activo como de pasivo, se podrán hacer en una fase temprana de la probabilidad de insolvencia. Además, en coherencia con el principio de intervención mínima, en la fase preconcursal no hay ningún tipo de suspensión o intervención sobre las facultades del deudor para administrar y disponer de sus bienes.

Los planes de reestructuración en fase preconcursal pueden evitar las quiebras y superarlas sin el estigma asociado al concurso y con características que incrementan su eficacia. El anteproyecto expone que su introducción incentivará una reestructuración más temprana y, por tanto, con mayores opciones de éxito,  sin tener que llegar a una situación de probabilidad de insolvencia, previa a la inminente que se exige para poder recurrir actualmente a estos instrumentos.

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