La JUR ya tiene el informe de Deloitte y decidirá si compensa por el caso Popular

  • Después de analizar los comentarios aportados por los afectados, el órgano de resolución adoptará una decisión final sobre la necesidad de compensar. 
Banco Popular
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El caso Popular está cada vez más cerca de llegar a su fin. La Junta Única de Resolución (JUR) ya tiene el informe de Deloitte y se pondrá a analizarlo con el objetivo de determinar si se debe compensar a los accionistas de la entidad comprada por Banco Santander. 

La Junta Única de Resolución ha asegurado que respetará el principio de evitar perjuicios superiores a los acreedores. Con dicha misión, contactará con un experto independiente lo antes posibles para que su valoración (llamada 'Valoración 3') determine si los accionistas y acreedores habrían recibido un tratamiento mejor si la institución hubiera sido liquidada con arreglo a los procedimientos de insolvencia ordinarios.

La JUR ha confirmado que Deloitte ha proporcionado su informe en los términos convenidos entre la JUR y el experto independiente. Tras recibirlo, la Junta Única de Resolución prepara su decisión, para lo cual se han de respetar una serie de etapas procesales esenciales, siendo una de ellas el conceder derecho de audiencia a los accionistas y acreedores afectados, para posteriormente adoptar una decisión final.

Con el objetivo de asegurar el ejercicio efectivo del derecho de audiencia, la Junta Única de Resolución  publicará su propuesta de decisión y una versión no confidencial del informe de 'Valoración 3' final.

El derecho de audiencia, tal y como señala la JUR, es un derecho fundamental en Derecho Europeo que se otorga a las personas afectadas por una medida individual de un órgano de la UE. En este procedimiento en particular, el proceso se realizará en dos fases. En una primera fase, se abrirá un proceso de registro en el que todos los antiguos accionistas y acreedores del Banco Popular podrán mostrar su interés en ejercitar el derecho de audiencia con respecto a la propuesta de decisión de la JUR. Tras el periodo de registro, se anunciarán los detalles de la segunda fase, en la que los accionistas y acreedores que se hayan registrado serán invitados a proporcionar sus comentarios. Después de analizar los comentarios aportados, el órgano de resolución adoptará una decisión final sobre la necesidad de compensar a los accionistas y acreedores afectados.

La Junta Única de Resolución va a seguir todas las etapas procesales necesarias y comunicará los plazos previstos a mediados de julio. Posteriormente, poco después, la JUR publicará su propuesta de decisión y el informe de 'Valoración 3'.

Más de un año de la resolución

La resolución del Banco Popular se produjo hace poco más de un año. El 6 de junio de 2017 el Banco Central Europeo (BCE) determinó que el Banco Popular Español estaba en graves dificultades o existía la probabilidad de que fuera a estarlo, notificándolo debidamente a la JUR. 

Solo un día más tarde, el 7 de junio, la JUR adoptaba la decisión de resolución de Banco Popular, el sexto banco de España. Todas las acciones y el capital de BPE fueron transferidos al Banco Santander ya que la JUR y la autoridad de resolución española (FROB) decidieron que la venta era en interés público ya que garantizaba la estabilidad financiera a la vez que protegía a todos los depositantes de la entidad. Tras la ratificación de la Comisión Europea, el esquema de resolución entró en vigor el mismo día y el FROB fue el encargado de ejecutar el esquema de resolución.

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