La ley de contratos amenaza el negocio millonario de Oracle con el sector público

  • La compañía, que en 2016 gestionó contratos por 26 millones, mantiene litigios con Hacienda por diferentes sanciones por su estructura fiscal.
Sede central de Oracle.
Sede central de Oracle.
EFE

La nueva ley de contratos puede poner en jaque un negocio millonario del gigante del software Oracle con la administración. Los litigios mantenidos con la Agencia Tributaria y las diferentes sanciones fiscales sufridas en los últimos años en España podrían expulsarlo de las futuras adjudicaciones con la nueva normativa. Sólo en 2016 ingresó 24 millones de euros, colocándose como el octavo proveedor más destacado en volumen de negocio.

La nueva norma regulatoria de la contratación pública, que entró en vigor el pasado 9 de marzo, endurece el acceso a los procesos de adjudicación de la Administración a las compañías con cuentas pendientes con el Fisco. Según la nota explicativa publicada por el Ministerio de Hacienda, cualquier compañía que haya incurrido en un delito fiscal (impago consciente y con voluntad de ocultación de una cantidad superior a 120.000 euros) o que simplemente haya sido sancionada en la vía administrativa por escamotear una cuota tributaria a Hacienda debe ser privada durante un periodo de tiempo determinado, en función de la gravedad, de la facultad de poder contratar con las Administraciones Públicas.

Un negocio de 24 millones sólo en 2016

El gigante del software se mantiene en el ‘top 10’ de contratistas del Estado en el área de gastos informáticos. En concreto, en 2016 ocupó el octavo lugar después de haber facturado 24,2 millones de euros del Estado entre software (9,3 millones) y servicios informáticos (14,7 millones).

Por delante en ese ‘top’ tenía a Informática de El Corte Inglés (25 millones), la filial española de la alemana Software AG (31,2 millones); HP (34,6 millones); COS Computer Grupo (41,4 millones); Connectis ICT, del grupo Getronics (47,2 millones); Indra (51 millones), e IBM (51 millones).

Esta cifra ha ido en aumento. Durante el ejercicio 2015, según las cifras oficiales del Ministerio de Hacienda, facturaron un total de 16 millones de euros por este concepto.

La más litigadora con el Estado

Oracle es una de las grandes tecnológicas que más litigios ha mantenido con la Agencia Tributaria por las diversas sanciones impuestas en los últimos años. Unos han sido ganados por la empresa y otros no. En su ejercicio fiscal 2017, acabado en mayo, la compañía mantenía registrados en sus cuentas pagos de 18,9 millones de euros de pagos realizados en relación a diferentes inspecciones. “Están completadas y actualmente en proceso de apelación”, apunta la empresa.

Estás están ahora recurridas ante los tribunales, pero aún sin sentencia. El Tribunal Supremo ha fallado a su favor en uno de los procesos referidos a una inspección por el Impuesto para los No Residentes de los ejercicios 2003-2004 que supuso un pago de 9,9 millones de euros. ¿La razón? El Alto Tribunal ratificó que el retraso en el proceso permitió que prescribiera.

Otro de los procesos tiene que ver con otra sanción de 23 millones de euros. En 2014, la Audiencia Nacional desestimaba el recurso presentado por Oracle contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo que implicó ese pago tras una inspección sobre el IRPF y No Residentes. La causa había que encontrarla en cómo tributaron los servicios ofrecidos por la filial a la matriz irlandesa. El Supremo confirmó esa resolución el pasado año.

¿Por qué está en riesgo?

La prohibición de contratar con la Administración por no haber cumplido adecuadamente con las obligaciones fiscales ya estaba en el ordenamiento jurídico español, pero con la nueva ley se ha avanzado en precisar a quién le corresponde aplicar la norma. Desde esta perspectiva, el mero hecho de incurrir en una irregularidad fiscal objeto de sanción, sin necesidad de que constituya delito, puede desencadenar la prohibición de contratar con la Administración.

No siempre será así, como ha venido a aclarar el Ministerio de Hacienda en un documento publicado con motivo de la entrada en vigor de la nueva Ley de Contratos. Hacienda precisa que habrá casos en que la propia resolución judicial o administrativa se pronunciará sobre el alcance y duración de la prohibición de contratar con la Administración para la empresa condenada. En caso de que eso no ocurriera deberá ser la Junta Consultiva de Contratación Pública de turno, estatal, autonómica o local, la que en uso de sus atribuciones al respecto instruya el procedimiento y eleve la petición de penalización al Ministerio de Hacienda.

Aún así podrían darse casos en que la sanción administrativa no derivara en prohibición alguna porque la Junta de Contratación de turno no lo considere oportuno. La ley no termina de aclarar qué ocurrirá en esos casos. Es decir, si de esa omisión se derivará algún tipo de responsabilidad sobre la Junta de Contratación por no haber tramitado dicha solicitud de sanción y, por tanto, librar a una empresa incumplidora de su correspondiente penalización.

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