Las sociedades cotizadas deberán ajustar sus bonus a criterios sociales y de empleo

  • El Gobierno aprovecha la normativa comunitaria para atacar la línea de flotación de las retribuciones multimillonarias que pagan las grandes empresas.
Fachada de la Bolsa de Madrid
Fachada de la Bolsa de Madrid
ÓSCAR DEL POZO/EUROPA PRESS - Archivo

La reforma del gobierno corporativo que prepara el Ministerio de Economía no sólo supone una adaptación, tardía en cualquier caso, a la directiva de la Unión Europea para promover una mayor implicación de los accionistas en las empresas de bolsa. El Gobierno quiere aprovechar la ocasión para disparar un dardo contra la línea de flotación de las multimillonarias remuneraciones que cobran los consejeros y altos directivos de las sociedades cotizadas, estableciendo un marco mucho más preciso a la hora de ajustar tanto los pagos fijos como los bonus variables y demás partidas retributivas. Nuevos conceptos como la sostenibilidad, la responsabilidad social o los salarios y el empleo de los trabajadores se convertirán en criterios básicos a la hora de determinar lo que pueden cobrar los grandes jefes del mundo empresarial y financiero en España.

El anteproyecto sometido a consulta hasta el próximo día 14 reformula de manera sustancial el artículo 529 novodeceis de la Ley de Sociedades de Capital con una redacción mucho más extensa que la actual y en la que ya no se trata solamente de establecer exclusivamente un procedimiento interno de buen gobierno para la aprobación de las remuneraciones. Hasta ahora la regulación se había limitado prácticamente a reforzar los poderes de la junta general sobre el consejo de administración para que las retribuciones de los altos cargos de las empresas tuvieran que pasar necesariamente por el control, a veces vinculante y a veces meramente preceptivo, de la masa de accionistas reunidos en la asamblea anual.

En adelante la situación va a ser muy diferente si la ministra Nadia Calviño consigue sacar impoluto el actual texto normativo en ciernes. A partir de ahora, y como principio general, el Gobierno señala que “la política de remuneraciones deberá contribuir a la estrategia empresarial, pero también “a los intereses y la sostenibilidad a largo plazo” de la empresa que además deberá explicar de qué modo va a cumplir dicho requisito. Las compañías tendrán que “describir los distintos componentes de la remuneración fija y variable, incluidas todas las bonificaciones y otras prestaciones en cualquiera de sus formas, que pueden ser concedidas a los administradores, indicando su proporción relativa”.

No se trata, por tanto, de impulsar la mayor transparencia que ha sido el eje de las últimas normativas y códigos de buen gobierno adoptados en España. El nuevo planteamiento legal supone una mayor exigencia para las sociedades cotizadas, sobre todo en lo que se refiere a los componentes variables de la retribución que, como es sabido, constituyen uno de los aspectos esenciales en los nuevos y más sofisticados sistemas de remuneración habilitados por las grandes empresas en bolsa. Los célebres y multimillonarios bonus deberán vincularse a métricas financieras pero también tendrán en cuenta criterios no financieros, “incluidos, en su caso, los relativos a la responsabilidad social de las empresas”, con una clara definición de los métodos que deben aplicarse para saber si se han cumplido realmente los objetivos de rendimiento previstos.

Brecha salarial entre directivos y empleados

Entre dichos fines sociales el texto difundido por el Ministerio de Economía precisa que “la política de remuneraciones expondrá de qué forma se han tenido en cuenta las condiciones de retribución y empleo de los trabajadores” a la hora de fijar la remuneración de los miembros del consejo de administración. Las grandes empresas tendrán pues que retratarse cada vez que quieran abordar ajustes de convenio o reestructuraciones internas de plantilla por cuanto que dichas prácticas empezarán a ser cada vez menos compatibles con el pago de bonus multimillonarios a las cúpulas directivas. La reforma no impide que cada compañía haga de su capa un sayo en la materia, pero establece una vinculación normativa que puede poner en entredicho la enorme brecha salarial que existe entre los trabajadores rasos y los altos mandos de las sociedades cotizadas.

La identificación de los objetivos destinados a asegurar la sostenibilidad a largo plazo será también condición indispensable cuando la empresa conceda una remuneración basada en acciones. En estos supuestos, la política de retribución deberá especificar los periodos de devengo, así como, en su caso, la retención de de las acciones tras la consolidación de los pagos. Las compañías señalarán también la duración de los contratos o acuerdos con sus administradores, los plazos previstos aplicables, las principales características de los sistemas de pensión complementaria o jubilación anticipada, además de las condiciones de terminación y los pagos, entiéndase blindajes, vinculados a ésta.

La futura Ley está siendo interpretada en el mercado bursátil como una verdadera revolución en los mecanismos de actuación que han definido las multimillonarias retribuciones de los principales dirigentes empresariales en España. Las grandes compañías de  la bolsa han llevado a cabo en los últimos años un extraordinario 'destape' en la materia, obligadas por la cultura de buen gobierno corporativo que han impulsado los inversores internacionales. Sin embargo, el conocimiento público de estas remuneraciones no ha generado un ajuste de las mismas. Ahora el Gobierno parece decidido, si no a 'tocar el bolsillo' de los primeros espadas del Ibex 35, cuando menos a ponérselo bastante más complicado.

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