¿Son o no 'falsos autónomos'?

El lío de los riders llega al Supremo con el primer recurso de un repartidor de Glovo

  • El Tribunal estudiará por primera vez, si lo acepta, la relación laboral de estos repartidores con las plataformas y si son o no empleados.
Rider de Glovo
Rider de Glovo
EUROPA PRESS

Cuenta atrás para el momento de la verdad en la batalla jurídica de los 'riders' de las plataformas digitales. El Tribunal Supremo ha recibido el primer recurso de casación procedente de uno de los casos ubicados en Madrid. Es por un trabajador vinculado a Glovo, en el que el TSJ de Madrid le dio la razón. El empleado ha acudido a la última instancia. En caso de que el TS lo admita a trámite, que será lo más probable, estudiará por primera vez el polémico modelo laboral de estas compañías y si realmente son o no 'falsos autónomos'. Se abre así el 'melón' en la última instancia judicial, a la que muchos miran como la llave para ordenar este sector.

2019 fue el año en el que llegaron las primeras sentencias de segunda instancia. Todas ellas 'ubicadas' en Madrid, excepto una en Asturias. Y hubo diferencias de criterio. El mismo Tribunal Superior de Justicia de Madrid falló en septiembre que un empleado que demandó a la empresa por haber sido despedido como consecuencia de su ausencia por enfermedad. El fallo también dividió al propio tribunal, donde hubo un voto particular de uno de los magistrados, que sí entendió que había una relación laboral y no era un contratado. Pero la mayoría votó a favor de la plataforma. Después de ese pronunciamiento, el pleno de ese mismo TSJ se corrigió a sí mismo y zanjó la causa: los repartidores deben ser considerados empleados.

Ahora, la representación legal de aquel 'rider' ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Y como argumento se encuentra, según explican fuentes conocedoras del caso, las sentencias contradictorias que ha ido emitiendo el mismo TSJ de Madrid este último año. Fuentes oficiales de Glovo ni confirman ni desmienten que este sea el proceso que se ha iniciado en el Alto Tribunal.

Esa discrepancia a la que se agarra este 'rider' no es exclusiva de este caso: se ha ido dando en otros muchos que aún no han llegado a segunda instancia. En este tiempo ha habido jueces que en más de una decena de sentencias han confirmado la relación laboral de estos repartidores con sus plataformas -calificándolos de 'falsos autónomos'- y otros que directamente respaldan la posición de las empresas y aseguran que son autónomos de pleno derecho. Ante esta tesitura, la posición del Supremo será clave para crear jurisprudencia con, al menos, dos fallos. Este no será el único recurso, pues Glovo, Deliveroo y, también, UberEats tienen multitud de casos judicializados, desde que a principios de 2018 se presentaran las primeras denuncias y se ejecutaran las primeras investigaciones de la Inspección de Trabajo.

¿Qué dicen unos y otros en esta batalla? Las plataformas han defendido en las diferentes batallas judiciales que no son empleadoras, sino que son meras herramientas para poner en contacto al cliente que pide comida a domicilio con el 'rider'. La Inspección de Trabajo no lo cree así y ha fijado un criterio que ha mantenido en todas las actas que ha ido levantando en buena parte de las ciudades donde operan (Madrid, Barcelona, Valencia...): son empleados a todos los efectos. Y eso no sólo ha desembocado en una reclamación de dinero a todas estas compañías en cotizaciones no abonadas, sino también en el alta automática de todos esos repartidores. 

Mientras llega una regulación, es evidente que será el Tribunal Supremo quien se pronuncie de manera definitiva sobre esta fórmula laboral. Desde Glovo se limitan a defender, como han hecho hasta ahora, que no tiene que ser el Alto Tribunal quien dirima la regulación, sino que se debe llevar a cabo desde el Gobierno. Tanto la startup española como Deliveroo han reclamado al Ejecutivo que ponga en marcha la figura del llamado 'trade digital', basada en una figura similar en Francia y que implicaría más ventajas aunque manteniendo un contrato mercantil, como el derecho a vacaciones, un salario mínimo, desempleo o formación.

¿Llegará antes la regulación?

¿Llegará antes la regulación que la jurisprudencia del Supremo? Desde el Gobierno se ha defendido durante este tiempo en repetidas ocasiones la necesidad de abordar estas nuevas reglas del juego para las plataformas. Pero, su debilidad en el Congreso de los Diputados -donde tienen minoría para aprobar cualquier modificación legislativa- no lo pondría sencillo. La entonces ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, confirmó esa intención el pasado verano.

Para Glovo y Deliveroo la inclusión de estos repartidores como empleados supondría un roto en sus cuentas. En palabras del consejero delegado y cofundador de la primera, Óscar Pierre, sería "una buena faena", aunque insistió en que seguiría siendo viable. "Nos adaptaríamos", admitió. ¿Cómo afectaría a las cifras? Implicaría pasar de los 45 millones de euros que gastan en servicios profesionales independientes (que, en su inmensa mayoría, son los pagos a 'riders') a unos costes laborales mucho más altos. Según las cifras de la UGT, entre la española y la británica no pagan 168 millones en salarios y cotizaciones.

Al margen de estos primeros casos que llegarán al Tribunal Supremo, el aluvión de demandas judiciales continuará. Más de una veintena de procedimientos se irán abriendo en los próximos meses, como consecuencia de las actas de liquidación levantadas por la Inspección de Trabajo. El caos jurídico continúa... y todos miran al Alto Tribunal.

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