El proceso encalla en Europa

La ofensiva de los Luksic por esclarecer la venta del Popular choca con Luxemburgo

  • Transparencia evita pronunciarse sobre su derecho a acceder al contrato de venta de la entidad en tanto no haya resolución de la Justicia Europea.
Fotografía de Andronino Luksic
Fotografía de Andronino Luksic

La estrategia de los representantes legales de Aeris Invest, la sociedad de inversión de la familia chilena Luksic a través de la cual ostentaba la titularidad del 3,5% del Banco Popular, de recurrir al Consejo de Transparencia para obtener documentación clave a la hora de sustentar su teoría de que la resolución del Banco Popular y su posterior venta al Santander por un euro hubiera sido evitable, y que esa forma de ejecutar a la entidad resultó perjudicial para los accionistas, ha chocado con un obstáculo insalvable: el aterrizaje del asunto en el Tribunal Superior de Justicia de la UE, en Luxemburgo.

El Consejo de Transparencia español ha decidido no pronunciarse sobre la solicitud de los Luksic de "tener acceso completo" a la crítica resolución de la Comisión Rectora del Frob de 7 de junio de 2017 en que se determinó adoptar las medidas necesarias para ejecutar la decisión de la Junta Única de Resolución de resolver el Banco Popular. Su argumento es que la acumulación de cuestiones similares ante el Tribunal de Luxemburgo aconseja suspender cualquier decisión sobre el particular en tanto no haya un pronunciamiento claro del TJUE sobre el resto de los asuntos planteados, algunos de ellos ya resueltos en instancias anteriores por el órgano nacional de transparencia.

Aeris Invest había acudido en este ocasión a Transparencia -ya lo ha hecho en ocasiones anteriores- en busca del controvertido contrato de compraventa de Banco Popular, formalizado ante la Comisión Rectora del Frob, que determinó la amortización de las acciones del Banco Popular -entre ellas ese 3,5% propiedad de los Luksic- y la venta de la entidad al Santander por el precio simbólico de un euro. 

Tanto el Frob como el Santander, instado en el marco de este expediente como afectado, apelaron el carácter confidencial de la información solicitada alegando que afecta a sus derechos e intereses legítimos y contiene información relativa a sus intereses comerciales y económicos. La disconformidad de la familia Luksic con la argumentación enarbolada por el Frob y por el Santander le animó a pedir amparo al Consejo de Transparencia, sobre el bien entendido de que se trata de información pública y de que el riesgo de confidencialidad se podría sortear eliminando de la información que se proporcione sobre la resolución de la Comisión Rectora del Frob los datos que se consideren susceptibles de protección por revelar intereses económicos y comerciales del Santander.

La resolución de Transparencia le ha evitado al organismo pronunciarse sobre el fondo del asunto, a la espera de que el Tribunal de Luxemburgo resuelva sobre las cuestiones pendientes en relación a este caso, entre las cuales figuran temas críticos como el derecho de acceso o no a la totalidad del expediente instado por la Junta Única de Resolución, lo que aportaría las claves para esclarecer la actuación que acabó con la resolución del Popular y su posterior venta al Santander. 

Un laberinto judicial para acceder a las claves de la operación

La odisea de Aeris Invest para conseguir información aparentemente pública y sin duda significativa para documentar su posición respecto a la resolución del Popular pone de manifiesto la tremendas dificultades para hacer efectiva la normativa de transparencia en España. El Consejo de Transparencia habilitó hace ya un par de años la posibilidad de los Luksic de acceder a buena parte del expediente del Frob que desembocó en la resolución que liquidó el Banco Popular, en contra de la opinión del organismo público, que reaccionó a la resolución contraria de Transparencia acudiendo a la jurisdicción contencioso-administrativa para evitar proporcionar esa información.

También han quedado en el aire otros requerimientos de información y documentación clave para el proceso realizados por los Luksic, respaldados en todo o en parte por Transparencia, pero que han quedado suspendidos a la espera de ver lo que determina el Tribunal de Luxemburgo en relación a los informes realizados por el ICAC respecto a la labor auditora de PWC, los informes de auditoría realizados por la firma y la totalidad del expediente de la Junta Única de Resolución. El proceso ha encallado en Luxemburgo porque según la regulación de la JUR son los tribunales europeos los competentes para cuestionar o no las acciones realizadas por el organismo.

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