Rosauro Varo y Javier Hidalgo, obligados a pagar 7 millones a los ‘ex’ de Yoigo

  • Los dueños de Pepephone pierden el pleito -arrancado en 2014- en la Audiencia Provincial, aunque cabe recurso en el Supremo.
Javier Hidalgo (izda.) y Rosauro Varo (dcha), ex dueños de Pepephone.
Javier Hidalgo (izda.) y Rosauro Varo (dcha), ex dueños de Pepephone.

Los antiguos dueños de Pepephone, Rosauro Varo y Javier Hidalgo, deberán pagar 7 millones de euros a Telia Sonera, antiguo máximo accionista de Yoigo. La razón: el pleito arrancado en 2014 a causa del contrato de prestación de servicios que ambas tenían firmado antes de la adquisición por parte del Grupo Másmóvil. La Audiencia Provincial les condena a esa indemnización por el incumplimiento de ese pacto, ante la que cabe recurso en el Tribunal Supremo.

La sentencia da un giro completo al caso. La jueza de la Audiencia concluye que Yoigo no incumplió el contrato, algo que sí hizo Pepephone. Y es por eso que le exige el pago de 7 millones de euros y la devolución de 3,5 millones entregados en el momento de la firma del contrato. ¿Quién debe afrontar ese pago? Másmóvil se lavó las manos cuando las compró a ambas en 2016, por lo que deben ser los antiguos accionistas de Pepephone y de Yoigo.

La ruptura que lo marca todo

Todo arranca en el año 2014. En el mes de febrero, Pepephone y Yoigo, empresas independientes en aquel entonces, suscriben un contrato por el que la primera pagaba para explotar la red móvil de la segunda. Un acuerdo de acceso mayorista por el que la operadora móvil virtual (OMV) de Varo e Hidalgo accedía por primera vez a una red 4G.

Pese a que en un primer momento el pacto no contemplaba plazos, una adenda añadida a posteriori lo colocó el 1 de septiembre de 2014. A esta ampliación se sumó otra: el pago de 3,5 millones en esa fecha a Pepephone por tener un derecho de opción de compra sobre las acciones de la filial Pepemobile. Si este contrato se rescindía antes de los primeros meses, por causas imputables a Pepephone, ésta estaba obligada a pagar 10 millones de euros en indemnización. Si era después de ese plazo, Yoigo recibiría 3,5 millones o poder ejecutar la opción de compra.

El problema llega en febrero. Yoigo necesita de la red de Telefónica para prestar este servicio. Y la ‘teleco’ presidida por Álvarez-Pallete niega la reventa de su red a Pepephone. El organismo regulador emitió una “propuesta favorable” en marzo, pero el expediente no se resolvió hasta julio de 2015. ¿Qué ocurrió? Pepephone notificó a Yoigo la resolución del contrato por “incumplimiento grave”. En septiembre de ese año 2014, Pepephone firma un acuerdo similar con Telefónica.

La primera sentencia: pagos mutuos

Tanto una como otra se ven las caras en los tribunales. Las demandas mutuas concluyen en una sentencia emitida hace justo un año por un juzgado de primera instancia de Madrid. En ella, el juez condenaba a los accionistas de Yoigo a pagar 7,8 millones de euros por incumplimiento del contrato.

Pero no se quedó ahí: condenó a Pepephone al pago de 3,5 millones por no cumplir la exclusividad (el pacto comercial implicaba que no pudiera firmar con nadie más) por la firma con Telefónica y a la devolución de 3,5 millones entregados como contraprestación por el otorgamiento a favor de Yoigo de un derecho de opción de compra sobre las acciones de la filial PepeMobile.

Ante esta sentencia se presentaron dos recursos. Y se presentaron cuando ambas ya convivían bajo el paraguas del Grupo Másmóvil, que las adquirió durante el ejercicio 2016. Para evitar perjuicios, en los acuerdos de compra de las dos operadoras, Másmóvil exigió incluir una cláusula por la que esta batalla judicial se circunscribía exclusivamente a los antiguos accionistas de las dos. Es decir, Rosauro Varo y Javier Hidalgo en el lado de Pepephone, y los suecos Telia Sonera, por Yoigo.

El giro de la Audiencia Provincial

Ahora, la Audiencia Provincial de Madrid ha dado un giro de 180 grados al caso. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso La Información, realmente quien incumplió el contrato fue Pepephone y no Yoigo. Por un lado, entiende que la fecha 1 de septiembre de 2014, incluida en el contrato, “no es un plazo esencial”. Interpreta que no hay un “compromiso firme” de Yoigo para entregar el servicio en esa fecha, sino que se comprometen a poner sobre la mesa “los mejores esfuerzos” para conseguirlo.

Para la jueza, la “injustificada y unilateral” resolución del contrato por parte de Pepephone y la firma con Telefónica del acuerdo un día después son razones “más que suficientes para ratificar el incumplimiento por parte de Pepemobile del pacto de exclusividad”. Entiende, además, que la indemnización por daños y perjuicios no puede ser superior a los 7 millones de euros (Yoigo exigía 18,4 millones) porque el servicio no se llegó a prestar.

Con todo, la Audiencia absuelve totalmente a los accionistas de Yoigo (Telia Sonera) y condena a Javier Hidalgo y Rosauro Varo a este pago de 7 millones de indemnización, junto con la devolución de los 3,5 millones. La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo y, con toda probabilidad, la batalla concluirá ahí.

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