Nueva sentencia

RTVE pierde en la Audiencia la pelea por emitir anuncios en partidos de la Euro

La Audiencia Nacional confirma la sanción de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por emitir mensajes publicitarios durante los encuentros de la fase de clasificación a la Eurocopa de 2020.

Selección española Eurocopa
RTVE pierde en la Audiencia la pelea por emitir anuncios en partidos de la Euro. 
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La Corporación Radio Televisión Española ha perdido otra de las batallas judiciales iniciadas en la Audiencia Nacional contra el organismo de la competencia español (CNMC) por emitir publicidad encubierta durante la emisión de partidos de la Selección Española clasificatorios para la Eurocopa 2020. El tribunal ha confirmado la resolución que imponía la sanción máxima por incluir 40 mensajes promocionales durante la emisión, algo que infringe la normativa.

La decisión de la Sala de Regulación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) se produjo en diciembre de 2019. El organismo impuso una sanción que ascendía a 100.000 euros por una infracción administrativa continuada. Los días 23 y 26 de marzo de 2019 se ofrecieron los partidos de España-Noruega y España-Malta de la fase clasificatoria para la Eurocopa. Durante la emisión se incumplió la prohibición de incluir comunicaciones comerciales audiovisuales, al emitirse hasta 40 sobreimpresiones publicitarias de compañías como Seat, Danone, Booking o Bet365. Esta era la cuarta ocasión en la que había sido multada. Es la cantidad máxima prevista en la ley.

La Corporación acudió a la Audiencia para tratar de tumbar la sanción señalando que son patrocinios deportivos. Alegó que formaban parte "indivisible" de la adquisición de derechos de emisión de competiciones deportivas admitidas por la propia ley. En el formato, según su versión, se siguieron las directrices de la UEFA y que forman parte de la adquisición de los derechos. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso no le ha dado la razón.

En la sentencia fechada a finales del pasado mes de enero, y consultada por La Información, los jueces concluyen que estas comunicaciones comerciales no forman parte del 'pack' de los derechos. Insisten en que se trata de una "oportunidad de explotación" que, lógicamente, deberán llevarse a cabo conforme a las exigencias y detalles que exige la publicidad de la UEFA. "No estamos ante unas fórmulas comerciales que formen parte indivisible de la adquisición de derechos, por lo que no concurre la excepción prevista en la ley", apuntan. 

Esta forma de publicidad con sobreimpresiones en la pantalla tiene, según la Audiencia, un "evidente carácter comercial" y un "emplazamiento de producto" que no le está permitido a RTVE. Además, argumenta que tampoco existe error en la interpretación que la CNMC hace del contrato, pues del mismo no se deduce más que la obligación de someterse a la publicidad de la UEFA mediante reglas y exigencias que la misma impone. "Pero no exige que esa publicidad necesariamente y de manera indisoluble se enmarque dentro de la retransmisión deportiva, máxime cuando son conocedores de la misión de servicio público de CRTVE que no tiene misión comercial alguna", apostilla.

La CRTVE volvió a vivir una situación similar durante el Mundial de Qatar 2022. La CNMC exigió a la Corporación no contratar publicidad o comunicaciones comerciales relativas a los derechos de reproducción de la competición con anunciantes o marcas distintas de las estrictamente referidas a los afiliados comerciales de la FIFA, el organismo organizador. Se analiza con lupa si el logotipo de El Ganso en las camisas de los presentadores durante las retransmisiones puede implicar una publicidad encubierta. El grupo presidido por Elena Sánchez contestó que ni hubo patrocinio ni se generaron ingresos.

Publicidad prohibida

En julio de 2020 también perdió una batalla en la Audiencia, esta vez, por el pago de más de 729.000 euros exigidos por la CNMC. La razón de la diferencia de tamaño es porque se impusieron una docena de multas diferentes debido a que entre diciembre de 2017 y enero de 2018 en varios de los canales se emitieron doce campañas publicitarias que, a ojos del regulador, no formaban parte de un patrocinio cultural. Este es el otro gran argumento utilizado. Para la Audiencia, se trataba de mensajes que incitaban directamente a la compra d bienes y se emiten independientemente de los programas patrocinados.

Tras la aprobación de la nueva ley audiovisual el pasado año en el Congreso de los Diputados, las fórmulas de financiación de la RTVE se han modificado. Se introduce una novedad relevante: se elimina la llamada 'tasa RTVE' de las telecos y se sustituye por la aportación de hasta el 80% del dinero recaudado por la tasa cobrada a las operadoras como Telefónica, Orange o Vodafone por la explotación del espectro radioeléctrico. Además se introducen a los operadores de comunicaciones electrónicos internacionales como Netflix, HBO o Amazon Prime que aportarán, al igual que el resto de televisiones de pago y privadas. Se mantendrá, obviamente, la prohibición de la publicidad 'tradicional'.

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