Goteo incesante

El seguro teme una ola de demandas de empresarios que cerraron en pandemia

El sector espera una avalancha de procesos relacionados con la cobertura por pérdida de beneficios a raíz de la declaración del estado de alarma a causa del Covid-19, pero confía en ganar la batalla.

l trabajador de un bar prepara la terraza de un bar en Córdoba este domingo.
El seguro teme una ola de demandas de empresarios que cerraron en pandemia
EFE

Aunque tiene cierta esperanza, el sector asegurador está expectante ante la esperada avalancha de demandas procedentes de aquellos que tuvieron que cerrar sus negocios a causa del estado de alarma decretado el 14 de marzo de 2020 para controlar la expansión de la pandemia del coronavirus. El despacho Clyde & Co, uno de los principales referentes en la defensa de las compañías aseguradoras, prevé un goteo incesante de reclamaciones por interrupción de actividad alegando a la cobertura de la pérdida de beneficios, sobre todo entre los hosteleros, uno de los colectivos más damnificados por las medidas de contención. 

En los Juzgados de Primera Instancia ya se ha podido constatar esta oleada, pero el vuelco decisivo que confirme el aluvión de demandas se producirá cuando empiecen a llegar a Segunda Instancia. Será en este nivel donde en mayor medida se confirme si estos requerimientos tienen opción de prosperar o no. Pese a que las aseguradoras están ganando la batalla judicial en muchos procesos ante hosteleros por el lucro cesante ante el Covid-19, una sentencia de la Audiencia Provincial de Girona que obligaba a SegurCaixa Adeslas a indemnizar con 6.000 euros a una pizzería por la pérdida de beneficios en virtud de la paralización de la actividad las hizo tiritar. 

Los principales socios de Clyde & Co no creen que este caso siente jurisprudencia y achacan el resultado a una mala defensa de la compañía aseguradora, aunque reconocen que, a veces, el fallo de los jueces "es una lotería". Fuentes de la patronal Unespa consultadas por este medio son de la misma opinión. Las coberturas por pérdidas pecuniarias solamente contemplan la indemnización al asegurado en caso de que exista un daño material, ya sea un incendio o una explosión, entre otras posibilidades. El caso que ocupa se debió a un cierre administrativo, lo que no estaría recogido en ninguna de las pólizas. 

El seguro se defiende argumentando que el cierre fue administrativo, no por daño material. Los demandantes tratan de defenderse alegando el incumplimiento de los requisitos formales

No obstante, algunos despachos de abogados que defienden a clientes empresarios tratan de utilizar argumentos formales como el Artículo tercero de la Ley del Contrato de Seguro, que dice lo siguiente: "Las condiciones generales y particulares se redactarán de forma clara y precisa. Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito". En Clyde & Co consideran que el principal problema es que, en la práctica, las pólizas entran vigor cuando se paga la prima y casi nunca se firman. "Son como un cheque en blanco", señalan. 

Así, las principales pruebas que tratan de utilizar los afectados para cobrar por el cierre de sus establecimientos es el incumplimiento de los requisitos formales, negando haber recibido o que se les entregaran las condiciones generales o especiales. La esperanza está puesta en que los letrados, a pesar de que se invoque a esta cláusula limitativa, sienten precedente firmando que se trata de una delimitadora. Para la validez y eficacia de una cláusula delimitadora del riesgo asegurado basta el consentimiento del tomador del seguro que da origen al contrato del mismo. 

Por ahora, la mayoría de sentencias en Primera Instancia han recaído a favor de las aseguradoras, en torno a una veintena, aunque existe casi unas decena en las que el órgano judicial ha dado la razón al empresario demandante. En cualquier caso, la cuestión en estos momentos está pendiente de que se resuelva en las Audiencias Provinciales y no se descarta rotundamente que pueda llegar al Tribunal Supremo. El mayor obstáculo sería que los jueces basaran sus decisiones en sentencias de Reino Unido, donde las pólizas sí que recogen expresamente la indemnización por paralización de actividad sin que exista un previo daño material. 

Solo durante la peor parte de la pandemia, hasta 204.830 empresas con al menos un trabajador en plantilla y 323.778 trabajadores autónomos tuvieron que cerrar y lo hicieron por siempre, según una estadística experimental sobre demografía de empresas del Instituto Nacional de Estadística (INE). De las 1.190.870 empresas con empleados que había a principios de 2020, el 17,2% (204.830 empresas) no logró sobrevivir hasta mediados de ese año. En el caso de los autónomos, de los casi 3 millones que se contabilizaban antes de estallar la crisis, el 10,8% se quedó por el camino apenas pasados nueve meses.

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