Caso por caso

La justicia europea sentencia que el IRPH puede ser abusivo y pasa la pelota al TS

Protesta contra el IRPH.
Protesta contra el IRPH.

El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea -TJUE- ya tiene una decisión sobre el IRPH. Este órgano ha emitido un fallo en el que señala que serán los tribunales españoles los que deberán asegurarse del carácter claro y comprensible de las cláusulas de los contratos de préstamo hipotecario que establezcan la aplicación de un tipo de interés variable; es decir, deja la puerta abierta a que la cláusula sea declarada abusiva. La máxima institución europea pasa así la pelota a la justicia española que deberá estudiar caso por caso. 

De acuerdo con la decisión del TJUE, serán los tribunales españoles los que deberán comprobar que las cláusulas de esas características sean de carácter claro y comprensible, con independencia de si el derecho español aprecia carácter abusivo. En caso de que así sea, podrán sustituirlas por otro índice legal, como por ejemplo el Euríbor. Así, dan la razón a los consumidores con hipotecas ligadas al IRPH -que alcanzaría hasta un millón de préstamos, según asociaciones de consumidores- y permitirá exigir compensar a los afectados.

Pero esta sentencia es entendida como una victoria por muchos consumidores. Desde el principio. El Tribunal Supremo decretó que el IRPH es un índice avalado por el Banco de España y, por tanto, tiene tanta legitimidad como el más usado, el Euríbor. De hecho, esa misma tesis la mantiene en su decisión de este martes el TJUE. Pero los tribunales españoles no se ponían de acuerdo y el tema terminó en la Corte de Luxemburgo. Esta, que ya tumbó otros productos bancarios como las cláusulas suelo, debía decidir si la comercialización se había llevado a cabo con la suficiente transparencia y, por tanto, era entendida o no como un abuso. 

Por ello, el fallo es contrario al del Supremo y deja la puerta abierta a que, una vez se litigue caso por caso en la justicia española, este índice pueda ser declarado abusivo y, como consecuencia terminar en la devolución de parte de las cuantías pagadas al consumidor. Lo que está claro es que la decisión de Luxemburgo abre la puerta a una avalancha de demandas individuales contra las entidades españolas de aquellos que consideren que la aplicación del IRPH en su préstamo no ha sido la adecuada.

El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, órgano que ha emitido el fallo, ha tenido en vilo a las entidades bancarias españolas con esta decisión. Y es que el sector financiero maneja créditos referenciados a este índice por más de 16.000 millones de euros, según los datos ofrecidos en sus últimas presentaciones de resultados. Por entidades financieras, y a pesar de la caída de demandas de hipotecas multidivisa y Swaps, Bankinter sigue siendo una de las entidades financieras más destacadas con una concentración de la litigiosidad del 18,2%. Con todo, le supera Banco Santander, en este caso por aunar sentencias tanto de esta entidad como de la absorbida Banco Popular superando 2 de cada 10 sentencias (20,8%), le sigue CaixaBank con un 9,6% y ya muy lejos BBVA (2,3%) y Banco Sabadell (2%), recoge Asufin, la Asociación de Usuarios Financieros. 

Pero tampoco es un varapalo, tal y como se esperaba desde ciertos sectores, a la banca. Y es que el TJUE podría haberlo declarado abusivo, pero no lo ha hecho, simplemente ha pasado la pelota a la justicia española. De esta forma, y pese a las provisiones con las que cuentan las entidades financieras para este fin, el golpe será menor, señalan desde el sector financiero. "No todo el mundo va a demandar", confirman. Por ello, las entidades españolas se han tomado positivamente en bolsa la decisión de Luxemburgo. 

Caixabank -entidad que tiene más hipotecas referenciadas a este índice- es el banco que más sube, situándose por encima del 5%. Por detrás está Bankia, cuyos números verdes se localizan por encima del 2%. También suben el resto de entidades, quedándose BBVA por encima del 1%. SantanderBankinter y Sabadell son las que menos alza registran con un aumento inferior al 1%. 

Sea como fuere, las diferentes entidades españolas se han ido preparando durante los últimos meses para este fallo, reduciendo los montantes totales de los créditos referenciados a este índice a través de la negociación con sus clientes. Así, por ejemplo, CaixaBank rebajó en solo nueve meses 640 millones de su cuenta, dejándola a cierre del pasado ejercicio en 6.060 millones de euros. Por su parte, BBVA también ha dado pasos en el mismo sentido, reduciendo en un 10%, hasta 2.800 millones de euros, la exposición que tenía en su balance, de acuerdo con las últimas cuentas anuales. 

Cabe recordar que la sentencia no valora la legalidad del índice, sino si su aplicación fue abusiva o transparente hacia los clientes. Y es que el IRPH es una referencia sobre la que se calcula el tipo de interés que se debe pagar por una hipoteca, el segundo en importancia en España solo por detrás del Euríbor. Este índice se popularizó en 2008, cuando el Euríbor estaba en máximos debido a su escasa oscilación. Como consecuencia de esta característica, durante la crisis, mientras el Euríbor comenzó a desplomarse, el IRPH se mantuvo estable. Los afectados definen este índice como “manipulable” porque, de acuerdo a su fórmula de cálculo, cuantos más préstamos se concedan más se incrementa el tipo de interés.

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