El TS rechaza la suspensión cautelar del decreto de las VTC reclamada por Uber

  • El Supremo entiende que no hay razón para medidas cautelares sobre la prohibición de vender autorizaciones en los dos años siguientes a su concesión.
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El Tribunal Supremo ha rechazado la suspensión cautelar del decreto aprobado por el Gobierno por el que se prohíbe la venta de licencias VTC, utilizadas por Uber y Cabify, durante los dos primeros años desde su concesión.

Uber interpuso un recurso en el que solicitaba la suspensión cautelar de esta medida y también la referida a la obligación de comunicar electrónicamente los datos relativos a cada servicio para su archivo en un registro nacional habilitado por la Dirección General de Transporte.

Ante esta petición, la Abogacía del Estado se opuso junto a algunas de las principales asociaciones del taxi. Ahora, el Tribunal Supremo ha emitido un auto en el que rechaza ambas pretensiones.

Sin justificación, según el Supremo

Para la Sala, "no ha quedado justificado que la medida cautelar que se pretende sea más necesaria o conveniente para el interés general de los consumidores que lo pueda serlo el cumplimiento de estas medidas".

Desde el Supremo se entiende que no ha quedado acreditado, como trata de defender Uber, que la medida cautelar "no generaría afección grave a intereses de terceros". "No pasa de ser un mero alegato de la parte que pretende la suspensión, contradicho por lo manifestado por las entidades del sector del taxi".

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