El padre Ángel 'evita' que la CNMC multe a Telecinco por pasarse con los anuncios

  • Mediaset comunicó al regulador que el llamamiento para la colaboración con Mensajeros de la Paz fue gratuito y que no superó la publicidad pagada.
Padre Ángel
Padre Ángel
Telecinco

El día de Navidad, el Padre Ángel fue el invitado de 'Mi Casa es la tuya', el programa de Telecinco presentado por Bertín Osborne. Y la parte final de la entrevista pudo terminar en una multa a Mediaset de no haber sido por la anticipada reacción de la cadena. El regulador es especialmente estricto con los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios durante los programas, tal y como estipula la Ley General de Comunicación Audiovisual. De hecho, ya ha recaudado más de 10 millones de euros desde 2014 en multas en el sector audiovisual.

Para despedir el programa y una vez agotados todos los minutos disponibles dedicados a publicidad, Bertín Osborne sentado en un banco de la Iglesia junto al Padre Ángel hizo un llamamiento a la audiencia para que se sumaran a la colaboración con de Mensajeros de la paz junto a una sobreimpresión en pantalla donde se indicaba la página web.

La CNMC, después de revisar el extracto del programa y las explicaciones previas de Mediaset, en las que argumentaban que harían un "llamamiento a ayudar a la labor que desempeña la fundación", consideró que esta invitación a la colaboración "reúne los requisitos exigidos por la Ley para la exención de cómputo publicitario" ya que consideran que “carece de naturaleza comercial”.

En este sentido, el organismo destaca que "no tienen la consideración de publicidad los anuncios de servicio público o de carácter benéfico, difundidos gratuitamente". Para cerciorarse de ello, la CNMC solicitó a Mediaset “un certificado de gratuidad", ya que si el grupo de comunicación hubiera cobrado por los 49 segundos, el regulador lo hubiera considerado "como publicidad". Y esto hubiera supuesto una sanción para la cadena al sobrepasar el límite de minutos.

El artículo 14.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural. Según recoge la ley, para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento.

Mediaset, la más sancionada

La CNMC abrió el último expediente sancionador contra Mediaset en noviembre de 2017 por varias infracciones detectadas en sus canales Cuatro, Telecinco y Boing. Ejemplos como publicidad de alcohol en horario no permitido o publicidad encubierta en los últimos años que han llevado al grupo de Paolo Vasile a pagar más de 5 millones de euros, la mitad del total de las sanciones audiovisuales, en más de 20 multas.

El segundo grupo más castigado es Atresmedia, con una cifra levemente inferior a los 3 millones de euros. Las últimas por sobrepasar límites de emplazamiento de producto (Coca Cola) en Velvet de Antena 3 o en Decogarden, del canal Nova.

Le sigue Movistar (antigua DTS), con más de 1,5 millones de euros por incumplir con la obligación de financiar obras audiovisuales europeas en los años 2012 y 2013. Por último, TVE ronda el millón de euros y AMC el medio millón.

Mostrar comentarios