Condenan a Vodafone a devolver cuatro millones por desbloqueo de móviles

  • La Audiencia Provincial de A Coruña añade al fallo la declaración de nulidad, "por abusivas", de las condiciones generales de contratación.
Una de las imágenes de la nueva campaña de Vodafone
Una de las imágenes de la nueva campaña de Vodafone
Vodaone

La Audiencia Provincial de A Coruña ha confirmado la condena a la empresa de telefonía Vodafone a devolver los cuatro millones y medio de euros cobrados a 519.360 usuarios por el desbloqueo de terminales móviles con el contrato de permanencia expirado. "La mentada cláusula", argumenta el tribunal en referencia al cobro, "carece de transparencia y produce un desequilibrio en las prestaciones".

La sección cuarta de la Audiencia ratifica en una sentencia del 28 de marzo , el fallo del 22 de noviembre de 2016 del juzgado de lo mercantil número uno de A Coruña y añade la nulidad de una cláusula. 

El Ministerio Fiscal y la Asociación de usuarios de Bancos, Cajas de Ahorro y Seguros de España (Adicae) promovieron en 2016 una demanda colectiva por el cobro primero de seis euros más IVA y después de ocho euros más IVA (9,68 euros) por la liberación de teléfonos a usuarios que ya habían terminado sus contratos. 

Adicae estima que Vodafone cobró indebidamente a más de medio millón de usuarios afectados, en concreto a 519.360, por lo que calcula que tendrá que devolver cuatro millones y medio de euros.

Ahora, la Audiencia Provincial de A Coruña añadió al fallo la declaración de nulidad, "por abusivas", de "las condiciones generales de la contratación litigiosas". Por eso, condena a Vodafone "a cesar en el uso de la mismas, no solo suprimiéndolas en los nuevos contratos, sino también eliminándolas de los que tenga concertados y las contengan".

El fiscal sostuvo que Vodafone "no actuó de buena fe" y consiguió un "enriquecimiento injusto" con un "bloqueo de terminales que si tenía una finalidad era beneficiar a Vodafone". Ha considerado fundamental su papel en el proceso porque ha dudado de que algún cliente quiera "soportar los gastos de un proceso para reclamar 9,86 euros" por una situación de la que "se están aprovechando las empresas operadoras".

La letrada que representa a la compañía telefónica alegó en el juicio que para el desbloqueo existían "una vía gratuita y una vía de pago, que era voluntaria" y, en todo caso, dijo que la liberación era "independiente de la permanencia". Ante el juez afirmó que se trataba de un "servicio deficitario" con el que la compañía perdía "cinco euros por móvil", mientras que "si optaban por la telefónica se les comunicaba que se les cobraba ocho euros más IVA", aunque el proceso desapareció en 2014.

"No puede amparar la actuación de la demandada, el argumento del coste de gestión que le supone el dar el servicio telefónico para el desbloqueo del terminal para los clientes que así lo soliciten", dice el fallo al considerar que eso obstaculiza "el derecho del consumidor a poner fin al contrato una vez finalizado el periodo de permanencia o antes tras el abono de la penalización, dado el coste para liberar el terminal".

Agrega que "no se cumple la necesidad de una información precontractual suficiente y adecuada que incida en la transparencia de la cláusula de desbloqueo inserta en el contrato que el consumidor ha decidido suscribir".

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de casación ante la sala primera del Tribunal Supremo por razón de interés casacional o recurso extraordinario por infracción procesal. Fuentes de Vodafone han explicado que están estudiando si la recurren o no, pero aún no han tomado una decisión, y han apuntado que para reclamar el dinero cobrado, los afectados deben dirigirse al juzgado.

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