Una nueva batalla

Telefónica y Orange llevan a la CNMC al Supremo por abuso al fijar los precios

El Alto Tribunal estudiará si el organismo regulador tiene potestad para imponer las tarifas en servicios no regulados en el marco de procesos de conflictos entre operadores.

La presidenta de la CNMC, Cani Fernández
La presidenta de la CNMC, Cani Fernández
EFE

Telefónica y Orange quieren parar los pies a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Y han planteado una batalla legal en el Tribunal Supremo para analizar si tiene potestad suficiente para imponer precios en servicios no regulados, como la cesión de acceso de terceros a su red para gestionar llamadas a líneas gratuitas 900, aprovechando su posición como ‘árbitro’ en los conflictos entre diferentes operadores del mercado española. Las telecos entienden que en algunos de los conflictos generados en los últimos años ha sobrepasado sus capacidades legales. El Alto Tribunal ahora lo estudiará.

Los dos casos iniciados por sendos grupos surgen en el año 2018. En aquel ejercicio, tanto una como otra habían sido objeto de un conflicto de interconexión ante la CNMC. El grupo Dialoga, una empresa de servicios para empresas, y British Telecom, el antiguo monopolio británico, se habían agarrado a esa fórmula, regulada por la ley, que les permite renegociar de alguna manera los precios mayoristas de servicios no regulados. En esta ocasión se trataba del precio que debían abonar a la francesa y la española por ‘conectarse’ a su red para gestionar las llamadas a numeraciones 900 y 902. La Sala de Supervisión del regulador concluyó poniendo sobre la mesa un precio máximo por cada minuto de esas llamadas.

Tanto Orange como Telefónica interpusieron recursos ante la Audiencia Nacional y los perdieron. Pero ahora han tocado a la puerta del Tribunal Supremo que, al menos, lo ha admitido a trámite para estudiar si realmente el organismo presidido ahora por Cani Fernández puede fijar esos precios en servicios que no están regulados expresamente. Desde las operadoras defienden que no. La gala insiste en que se han incumplido directivas europeas y también la propia Ley General de Telecomunicaciones. “En el caso excepcional de que proceda imponer medidas de control de precios, la autoridad deberá comunicar el proyecto de medida a la Comisión Europea; consulta que no se ha llevado a cabo y que comporta la nulidad de la resolución del conflicto”, asegura el auto referido a ese caso con BT.

Telefónica defendió en su recurso, que se basaba en la resolución de la CNMC del conflicto de acceso con el grupo de servicios de conectividad para empresas Dialoga, que la Comisión se ha excedido pues entra en un enfrentamiento entre operadores en un mercado que no está regulado, por lo que no aplica el artículo de la ley de telecomunicaciones que le permite intervenir. No hay un riesgo de interconexión real, pues hay ya un acuerdo mayorista vigente aprobado por ambas partes.

La CNMC ha tratado de tumbar estos recursos insistiendo en que tiene competencias más que de sobra para hacerlo. Sin embargo, desde el Tribunal Supremo argumentan que este caso es particular y que hay que estudiarlo a fondo. Ya ha dictado algunas sentencias respecto a la competencia de la CNMC en conflictos de interconexión entre unas operadoras y otras. Pero no habla sobre su capacidad para modificar precios incluidos en los acuerdos mayoristas firmados por ambas partes. Asegura que es aconsejable su pronunciamiento para "reafirmar, reforzar o completar su jurisprudencia en relación con la competencia para fijar precios".

Este tipo de conflictos son relativamente habituales en el sector de las telecomunicaciones en España. En no pocas ocasiones, los operadores más pequeños acuden a la Comisión para tratar de abordar lo que ellos entienden como un abuso en los precios algún problema en el acuerdo. En los últimos años esta fijación de precios máximos por parte del organismo para llamadas internacionales o para otros servicios que no están regulados se han sucedido. En caso de que el Supremo dirima que no es competente, las grandes operadoras podrán respirar más tranquilas.

Guiños de la CNMC a Telefónica

Este nuevo enfrentamiento en los tribunales se va a producir en un momento en el que, pese a los encontronazos, la CNMC ha ido reduciendo ligeramente la presión sobre Telefónica en materia regulatoria. Primero fue la fibra. Hace casi un mes, el organismo disparó de 66 a 696 municipios en los que eximirá a la operadora de compartir su red con otros rivales en España a precios regulados. "En cada uno de ellos, la cuota de Telefónica en el mercado minorista de banda ancha es inferior al 50% y, existen, al menos, tres redes con cobertura mínima del 20%, se justificaba. Esta fue una de las viejas reivindicaciones de la operadora que, entre otras cosas, había obligado a plantear una dualidad en tarifas para su segunda marca O2.

Ahora llega un nuevo hito en esta tendencia. La Sala de Supervisión Regulatoria del organismo presidido por Cani Fernández ha dado luz verde a Telefónica para frenar el cierre de 73 centrales de cobre dentro de las 510 cuya clausura hizo pública a finales de 2020, tal y como queda reflejado en una resolución a la que ha tenido acceso La Información. Se trata de instalaciones en las que, pese a los cálculos iniciales de la operadora, no hay cobertura suficiente alternativa para cubrirla. El regulador insiste en que se trata de infraestructuras con "muy pocos accesos que no tienen ni tenían accesos mayoristas, por lo que el anuncio no ha tenido impacto sobre la actividad mayorista". Este escaso impacto en sus rivales, que acceden a esas instalaciones para dar servicio, ha compensado la justificación alegada por la teleco "que podría no ser suficiente".

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