El TS da las primeras VTC tras el juicio: confirma los límites a las concesiones

  • Asegura que el reglamento aprobado vía decreto por el Gobierno sí resucitó el límite de 1 autorización para Uber o Cabify por cada 30 de taxis.
Fachada de la sede del Tribunal Supremo.
Fachada de la sede del Tribunal Supremo.
EFE

El goteo de sentencias con las que se 'conceden' licencias de vehículo con chófer privado (VTC) continúa. Las dos últimas no serían noticia si no estuvieran fechadas en mayo, dos semanas después de la vista oral del ‘macrojuicio’ del sector. Son las dos primeras tras esa fecha.

Y en ellas, con las que da luz verde a 15 nuevas autorizaciones -utilizadas por plataformas como Uber o Cabify- en el País Vasco, el Tribunal Supremo confirma que el límite de 1 licencia por cada 30 taxis se rescató en el año 2015 con el reglamento aprobado vía decreto por el Gobierno de Rajoy.

El límite, rescatado en 2015

Los dos casos se refieren a la petición de licencias en el periodo entre 2013, fecha en la que se aprobó la nueva Ley de Ordenación del Transporte (LOTT), y 2015, cuando se dio luz verde por decreto al reglamento que daba forma a esa normativa, ‘rescatando’ ese ratio.

Y en las dos sentencias, a las que ha tenido acceso La Información, la misma sección de la Sala de lo Contencioso del Supremo que acoge el ‘macrojuicio’ confirma que sí hay límites. “El llamamiento a los criterios de las comunidades o los entes locales sólo se produce respetando los criterios sentados tras la aprobación de la Ley 9/2013 y conforme a los límites marcados por el artículo 181.3 del ROTT [el reglamento que da forma a la ley aprobada dos años antes) de 2015”, asegura en ambas.

En otra parte de la sentencia se refiere a la “ratio limitativa ya tradicional” del propio reglamento que, según se precisa, “opera como un límite máximo”.

Este es un cambio sustancial respecto a las últimas sentencias emitidas por la propia sección de la Sala de lo Contencioso. Precisamente, una fechada a finales de abril, que se refería a la petición de un paquete de 100 licencias por el gigante Ares Capital, no entraba a analizar la influencia del reglamento de 2015. “No procede que entremos a examinar aquí el contenido de sus disposiciones ni su acomodo a las normas legales, pues es claro que el citado reglamento no es aplicable ‘ratione temporis’ [por razones de tiempo] al caso que nos ocupa”, explican.

Competencias del Estado: ‘toque’ a las CCAA

Además de este cambio sustancial en la valoración del Supremo sobre los límites a la VTC, también da un ‘toque’ de atención importante a comunidades autónomas y entes locales en su afán por tratar de regular la actividad del sector.

En las dos sentencias incide en que las competencias autonómicas en esta materia “han de ser ejercidas con sujeción a las normas de la administración delegante”. Así, la normativa autonómica dictada “no puede desconocer que las limitaciones y restricciones que se adopten han de respetar en las normas, en este caso las limitaciones han de ser compatibles con las previsiones de la Ley 09/2013 y de su reglamento”. Es un toque de atención a las comunidades: no van a poder establecer de manera independiente la regulación.

Esta división en las competencias, dando prioridad a las estatales, también era perseguida por el Gobierno en el último decreto ley aprobado en el Congreso de los Diputados, ante la “proliferación de iniciativas dirigidas a limitar la operativa de las VTC, para mantener el ‘statu quo’ de los taxis, algo que vulnera la unidad de mercado”. Así lo aseguraba recientemente el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, que se refería principalmente al reglamento aprobado por el Ayuntamiento de Barcelona para exigir una doble autorización para operar.

El juicio, visto para sentencia

Con todo, el juicio en el Tribunal Supremo ha quedado visto para sentencia. Deberá pronunciarse sobre si el límite de 1-30 a las licencias VTC, rescatado con el reglamento de 2015, rompe la unidad de mercado y es una restricción a la competencia, como defiende la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Hay tres escenarios posibles: no pronunciarse sobre este reglamento del 2015, cuyas dos principales limitaciones han sido derogadas por el Gobierno con el decreto para ‘salvar’ al taxi aprobado en el último mes; ‘tumbar’ la ratio de 1 licencia VTC por cada 30 de taxis, o respaldar esas restricciones y entender que no son un obstáculo para la competencia y la unidad de mercado.

Mientras todos miran a la Sala Tercera del Alto Tribunal, el goteo de sentencias continúa.

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