Indemnización de 4.500 euros

El TSJM declara improcedente un despido por la dejadez y desgana de un trabajador

La empresa comunicó a su empleado los motivos de su despido que carecían de una retribución por la misma, sin embargo tras la insistencia del empleado, el Tribunal de Justicia ha decidido posicionarse a favor del despedido.

El TSJM declara improcedente un despido por la dejadez y desgana de un trabajador
El TSJM declara improcedente un despido por la dejadez y desgana de un trabajador
PEXELS

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJM) ha decretado como improcedente el despido de un trabajador al que la empresa acusaba de dejadez y desgana durante su jornada laboral. Después de la sentencia que tuvo lugar el 28 de marzo, el TSJM ha calificado de improcedente y condena a la empresa a pagar una indemnización por despido, si bien reduce la cantidad desde 9.700 a 4.500 euros.

El trabajador presentaba servicios para dicha empresa desde 2017, pero no fue hasta junio de 2022 cuando la empresa decide despedirle y se lo comunica a través de una carta de amonestación que este se negó a firmar, por su "reiterada actitud de dejadez y desgana frente al trabajo". La empresa lo justificaba manifestando que su rendimiento estaba muy por debajo del resto de sus compañeros.

Por su parte, la empresa recalca que el trabajador continuó "con su actitud de dejadez e indisciplina a diario y sin cumplir ni de cerca los parámetros mínimos marcados por la empresa y que si cumplen el resto de sus compañeros", llegado a estar su rendimiento de trabajo hasta un 40 % por debajo del de sus compañeros.

Con una rebaja en la indemnización

Por el lado de la empresa, recalca que la actitud del trabajador proyectaba mala imagen y perjudicaba gravemente a la compañía, con retraso en el servicio de los pedidos, ralentización del trabajo a los compañeros y deterioro del producto por no elaborarlo en su tiempo.

El trabajador recurrió su despido ante el juzgado de primera instancia nº 1 de Cartagena, que lo declaró improcedente y condenó a la empresa a readmitirle o a indemnizarle con 9.700 euros, cuantía que fue recurrida por la empresa ante el TSJ de Murcia. En su sentencia, el Tribunal no aborda si el despido era o no improcedente, sino que se limita a fijar qué indemnización le corresponde dada su antigüedad y el salario que percibía.

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