Vodafone pierde la batalla con Telefónica en Competencia por las tarifas de O2

Pedro Serrahima (Telefónica) Con El Logo De O2
Pedro Serrahima (Telefónica) Con El Logo De O2
TELEFÓNICA - Archivo

Vodafone plantó cara a Telefónica por las ofertas de O2... y ha perdido. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha concluido que las tarifas con las que aterrizó la segunda marca de la teleco no incumplen la regulación ni generan discriminación abusiva. El organismo no entra a valorar si la campaña publicitaria del lanzamiento constituye competencia desleal.

Agosto de 2018. Vodafone presentó una demanda a la CNMC para exigir que se evalúe la replicabilidad del paquete convergente de O2 y si es realmente compatible con las obligaciones regulatorias de Telefónica. En octubre presentó alegaciones y denunció que la comercialización incurre en competencia desleal por la utilización de publicidad engañosa.

Vodafone entendía que los dos productos de O2 de 'Fibra y Móvil' -que arrancaron con precios de 58 y 45 euros, dependiendo si el cliente se ubicaba en zona con competencia o no- constituye una "discriminación abusiva en términos de precio". Además argumentaba que son irreplicables por un operador alternativo eficiente.

La CNMC tumba ambas demandas, según se desprende de la resolución recién aprobada. "La existencia de precios diferentes en función del área geográfica de comercialización de los productos de banda ancha es compatible con la regulación vigente", apunta. Y apostilla que Vodafone no aporta ninguna prueba de que la comercialización de estos dos productos pueda calificarse como discriminatorio y abusivo.

Sobre la replicabilidad, la CNMC dice que la elección de la oferta no regulada (que salió por 58 euros) como 'producto emblemático' -que obliga a ese test de replicabilidad- no cabe. Era algo que le exigía Vodafone.

Por otra parte, el organismo entiende que Telefónica no tiene la obligación de notificar la compensación económica prometida a los clientes de esa oferta 'regulada' -que, en la práctica, fue un reclamo publicitario-. ¿La razón? Debe hacerse cuando la medida sea efectiva y este pago no tenía un plazo concreto. 

¿Y sobre la denuncia de Vodafone contra la campaña publicitaria al entender que incurre en competencia desleal? La CNMC entiende que es un asunto que excede de este procedimiento. Por ello, da tarslado a la Dirección de Competencia de la CNMC para que dilucide si la conducta de Telefónica representa una infracción.

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