El juez de los atentados del 17A rechaza a veinte presuntas víctimas psicológicas

Aniversario de los atentados en Barcelona y Cambrils
Aniversario de los atentados en Barcelona y Cambrils
EFE

El juez de la Audiencia Nacional que instruye el sumario por los atentados perpetrados en Cataluña el 17 de agosto de 2017 ha rechazado la personación como víctimas de una veintena de personas que alegaron padecer secuelas psicológicas derivadas de la masacre y por las que reclamaban una indemnización.

La mayor parte de estas presuntas víctimas remitieron al juzgado denuncias para que se les tuviera como parte en el procedimiento, pero después de ser examinadas por un médico forense, que no halló relación de causa-efecto, les fue rechazada la personación, han informado a Efe fuentes jurídicas.

Solo siete de ellas han recurrido y en un auto, al que ha tenido acceso Efe, José Luis Calama, el juez que ha heredado esta causa tras la salida del instructor inicial, Fernando Andreu, argumenta su decisión en que las lesiones que han dicho sufrir "no están amparadas por el pertinente informe forense".

Todas estas presuntas víctimas de los atentados pidieron personarse en la causa a raíz del primer aniversario de la masacre, fecha en la que se produjo "un goteo" que sumó una veintena de reclamaciones por secuelas psicológicas, han explicado las fuentes jurídicas consultadas, que han recordado que los heridos graves y familiares de algunos de los 16 fallecidos se personaron al inicio de la instrucción.

Ante estas nuevas reclamaciones, el juzgado acordó que fueran examinados por un médico forense, que determinó que no se podía establecer "la relación causa-efecto entre el atentado terrorista perpetrado en Barcelona el 17 de agosto de 2017 y las presuntas lesiones de naturaleza psíquica referidas".

A la luz de esos informes médicos, la Fiscalía se pronunció en contra de otorgarles su personación como víctimas citando jurisprudencia del Supremo, que tiene establecido que esa condición "no puede derivarse del impacto emocional causado por el delito" sino que ha de entenderse "como una condición objetiva originada por un padecimiento ligado de forma directa a un hecho punible."

Haciendo suyos los argumentos de la Fiscalía, el juez rechazó su personación como víctimas el pasado 21 de marzo, decisión que confirmó en otro auto del 24 de abril en el que desestimó los recursos de reforma que interpusieron esas siete personas, y que ahora se encuentran pendientes de ser resueltos en apelación por la Sala de lo Penal.

En esas resoluciones, el juez hace referencia también a que los tres únicos procesados en relación con los atentados no lo han sido como responsables de las víctimas mortales y heridos en la masacre, ya que los presuntos autores murieron abatidos por los Mossos d'Esquadra.

Esta circunstancia, según fuentes jurídicas consultadas por Efe, puede dificultar el encaje de las víctimas en este procedimiento, ya que a ninguno de los tres detenidos tras la masacre se les considera responsables de ella, si bien se les imputa, en grado de tentativa, los planes de la célula de hacer "uno o varios atentados de grandes dimensiones" en Cataluña en lugares emblemáticos como la Sagrada Familia.

El procesamiento de Mohamed Houli Chemlal, Driss Oukabir y Said Ben Iazza, es por tanto únicamente por los delitos de integración en organización terrorista, tentativa de estragos y depósito de explosivos.

Las acusaciones, a excepción de la Fiscalía -que respalda el procesamiento-, han tratado sin éxito de que se les declarara también responsables de los 16 asesinatos y los 140 heridos en los atentados, al entender que en el auto de procesamiento se les debió vincular directamente a estos con los atentados porque, pese a que no tuvieron una participación directa, conocían los preparativos de la célula para cometer actos terroristas.

Pese a que finalmente se ha confirmado su procesamiento por esos delitos y no por su relación directa con los atentados, la acusación que ejerce la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) tiene previsto acusarles como coautores de los asesinatos y los heridos. Se apoyan para ello en la puerta que dejó abierta la Sala de lo Penal y que consistió en rechazar entrar en el fondo de los recursos para dejar la decisión última al tribunal que los juzgue.

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