Absueltas 64 familias por robar luz para sus chabolas al entrar la Guardia Civil sin autorización

  • La Fiscalía e Iberdrola pedían a las familias una multa de 100.000 euros
Absueltas 64 familias por robar luz para sus chabolas al entrar la Guardia Civil sin autorización
Absueltas 64 familias por robar luz para sus chabolas al entrar la Guardia Civil sin autorización
EUROPA PRESS
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El Juzgado de Instrucción número 2 de Móstoles ha absuelto a sesenta y cuatro familias de un delito de defraudación de fluido electrónico por robar luz para sus casas, chabolas ubicadas en el poblado de Las Sabinas, en Móstoles.

Así consta en una sentencia fechada el 3 de mayo, a la que tuvo acceso Europa Press y que es recurrible en apelación, en la que la juez Inés Malagón Martín exonera a estas familias tras ser denunciadas por la Fiscalía y por Iberdrola.

En el juicio, el fiscal pidió una condena por familia por la comisión de un delito del artículo 255.1, en relación con el artículo 74, a la pena de siete meses y medio de multa, con una cuota diaria de cuatro euros.

Además, pedía responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago y como responsable civil a abonar a Iberdrola Distribución Eléctrica la cantidad de 4651,59 euros.

La sentencia, que ha adelantado 'La Cadena Ser, da por probado que la Guardia Civil se percató en junio de 20016 que en el citado poblado había una torreta eléctrica propiedad de Iberdrola Distribución Eléctrica, de la que dimana una línea eléctrica que proporciona suministro a las casas. A la torreta había conectados diferentes cables que cruzando la vía y en algunos casos la vegetación llegan hasta ciertas viviendas.

También comprobaron que en un patio, entre varias viviendas, se hallaba instalado un mástil de hormigón, que recibe electricidad de la torreta citada anteriormente y que da suministro a las instalaciones del Canal de Isabel II.

La resolución señala que en este caso los "patios o parcelas" a los que se refiere el atestado son lugares dependientes de la voluntad de su titular a los efectos de privacidad y de exclusión de personas ajenas.

"Para entrar en los patios, era preciso o bien una resolución judicial motivada ( que no se solicitó en este caso) o bien la autorización de los respectivos titulares; los denunciados mantuvieron en sus declaraciones que no autorizaron tal entrada", agrega el texto.

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