(Amp.) Hacienda flexibiliza su prohibición de incorporar trabajadores en procesos de remunicipalización

  • El ministerio de Hacienda y Función Pública ha aceptado flexibilizar la prohibición incluida en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para incorporar a la administración a trabajadores durante procesos de remunicipalización.
(Amp.) Hacienda flexibiliza su prohibición de incorporar trabajadores en procesos de remunicipalización
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EUROPA PRESS
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Así figura en una enmienda transaccional pactada entre PP y PSOE a la que ha tenido acceso Europa Press que ha sido incorporada al proyecto de Presupuestos Generales tras ser aprobada en el Pleno del Congreso.

La enmienda modifica la disposición adicional por la que el Gobierno prohibía la incorporación como empleado público a trabajadores de empresas públicas, fundaciones y consorcios que fueran a integrarse en la administración, es decir, servicios que fueran nacionalizados o remunicipalizados, en el caso de las entidades locales.

Para aquellos casos en los que se debieran incorporar a la administración en cumplimiento de sentencias judiciales o "previa tramitación de un procedimiento que garantice los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad" --esto es, a través de un proceso de selección abierto--, el Gobierno endurecía esta incorporación al contabilizarlo como personal de nuevo ingreso en el cómputo de la tasa de reposición de efectivos.

YA NO CUENTA COMO TASA DE REPOSICIÓN

Precisamente, la enmienda aprobada por el Congreso modifica este endurecimiento y establece que este tipo de incorporaciones "no se contabilizarán como personal de nuevo ingreso del cómputo de la tasa de reposición de efectivos".

Asimismo, la enmienda también incluye la introducción de una nueva disposición para que la prohibición de incorporar a personal laboral fijo de empresas públicas, fundaciones y consorcios no se aplique al personal que se incorpore en procesos de remunicipalización que ya hayan sido aprobados a través de normas con rango de ley, siempre que éste personal haya sido seleccionado en un proceso de contratación abierto y meritocrático.

La supresión de organismos públicos autonómicos y locales, consecuencia de las restricciones presupuestarias en los últimos años, ha provocado que muchos de estos trabajadores fijos que hubieran sido destinados en los mismos, reingresaran en la administración. La prohibición amenazaba estas incorporaciones en sociedades que estuvieran amenazadas por el cierre o en procesos de liquidación.

Así, en otra modificación a las restricciones para contratar personal en las fundaciones del sector público, se excluye la aplicación de las limitaciones para contratar personal, funcionario o laboral, cuando éste cuente con un contrato fijo e indefinido, protegiendo los derechos correspondientes por la antigüedad del mismo.

Para las fundaciones, así como para los consorcios participados mayoritariamente por las administraciones y organismos del sector público, se les autoriza además a poder contratar personal propio de carácter indefinido con un límite del 50% de su tasa de reposición.

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