La Audiencia concluye que Blesa actuó al margen de la Ley y desvirtuó la práctica que Rato continuó en Bankia

  • Condena a los 65 encausados e impone las penas más altas a Blesa y Rato, de seis y cuatro años y medio respectivamente
La Audiencia concluye que Blesa actuó al margen de la Ley y desvirtuó la práctica que Rato continuó en Bankia
La Audiencia concluye que Blesa actuó al margen de la Ley y desvirtuó la práctica que Rato continuó en Bankia
EUROPA PRESS
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La Sala de Lo Penal de la Audiencia Nacional ha concluido este jueves que las tarjetas 'black' de las que hicieron uso 65 exaltos cargos y directivos de Caja Madrid y Bankia se desvirtuaron con la llegada de Miguel Blesa a la presidencia de la entidad en 1996 ya que contrarió el fundamento legal al atribuirse a sí mismo y los otros beneficiarios una tarjeta corporativa al margen del salario acordado y cuyo uso no precisaba de justificación de gastos.

En una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada Teresa Palacios, la Sala de Lo Penal impone las condenas más elevadas a Blesa de seis años de cárcel y a su sucesor en la caja y presidente de Bankia Rodrigo Rato, a cuatro años y medio por delito continuado de apropiación indebida y administración desleal. Condena también al resto de 63 beneficiarios en calidad de colaboradores de esta práctica a penas que van de entre tres meses a seis años de cárcel.

"Tenía y debía haber reparado con todos los datos con los que contaba en el devenir de todo punto ilícito de distracción de fondos de la caja", concluye la sentencia sobre Miguel Blesa. Respecto de Rato precisa que queda probado que su comportamiento al frente de la entidad fue contrario a los intereses de la misma y por tanto fue "propiciador de la merma del caudal gestionado".

El tribunal que preside la magistrada Ángela Murillo concluye que esta operativa, entendida como "una manera de dilapidar el caudal de Caja Madrid" y con la que se cargaron un total de 15 millones de euros en gastos personales entre 1999 y 2012, fue dirigida por Blesa y después por Rato y la llevó a cabo el exdirector general de Medios de Caja Madrid Ildefonso Sánchez Barcoj.

Este último, condenado a dos años y medio de cárcel, comunicaba los nombres de los usuarios, los límites operativos de las tarjetas y autorizaba las ampliaciones de estos límites. Por esta razón el tribunal no lo considera únicamente colaborador del delito sino también cómplice de una "mecánica" que se prolongó también en la etapa en la que Rodrigo Rato fue presidente de Bankia.

RATO QUISO SORTEAR EL LÍMITE SALARIAL

El tribunal dictamina que el exdirector gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI) se llevó esta práctica a Bankia y "mantuvo la misma dinámica en todos los aspectos" atribuyéndose una tarjeta en su paquete retributivo y cuyo uso fue en detrimento del caudal de la entidad; de esta forma compensaba las restricciones salariales marcadas por el Real Decreto Ley 2/2012, con el que se limitaba en esta cantidad los sueldos en los bancos con préstamos públicos.

La Sala de Lo Penal hacen constar el caso del exconsejero ejecutivo de la entidad que preside Ignacio Goirigolzarri, Francisco Verdú, el cual no hizo uso de la tarjeta que recibió a su llegada a Bankia "por no venir contemplada en su paquete remuneratorio". Verdú, que declaró en calidad de testigo en el juicio, fue más allá al afirmar que advirtió a Rato de que no la usara porque al no figurar en el contrato y no requerir presentación de justificantes, le pareció una "mala praxis".

TARJETAS DE REPRESENTACIÓN

La Sala concluye que este sistema nace bajo la presidencia de Jaime Terceiro --que declaró como testigo en la vista oral-- el 24 de mayo de 1988 para dignificar las retribuciones de los consejeros a través de una tarjeta VISA que vendría a complementar las dietas que ya recibían.

Frente a la tesis mantenida por algunos acusados que defendieron a lo largo de la vista oral que eran plásticos entendidos como parte de su salario, la Sala concluye que eran tarjetas que disponían de un límite mensual que podía modificar Blesa. Algunos de ellos recibían la tarjeta con un PIN para extraer dinero en cajeros y cuando cesaban en su cargo en la caja se procedía a dar de baja la tarjeta, aunque las mantuvieron activas durante meses después de su salida.

Como los gastos se cargaban a una cuenta de la entidad y como los acusados no tenían conocimiento del extracto de los cargos, algunos de los encausados llevaban su propia contabilidad manual. En algunos casos las solicitudes de ampliación de gasto coincidían, según los jueces de la Sección Cuarta, "con períodos de fiesta o vacacionales".

SISTEMA OPACO

La Sala respalda la tesis del fiscal Anticorrupción, Alejandro Luzón y de las acusaciones particulares (ejercidas por Bankia, BFA y el FROB) y populares (CIC y CGT) de que las visas no se incluían dentro de las relaciones contractuales ni tampoco figuraban en el certificado de haberes que facilitaba Caja Madrid para la declaración de la renta.

Todos los acusados, según explica la sentencia, conociendo la previsión legal y estatutaria sobre la única percepción dineraria contra la entidad, que era la dieta y después de comprobar que la tarjeta corporativa no respondía a ello "les dieron el uso particular que tuvieron por conveniente contra el caudal de Caja Madrid, contribuyendo con su proceder a la merma del mismo propiciada por el acusado Miguel Blesa".

ATENUANTE DE REPARACIÓN DEL DAÑO

Luzón, que les acusó de tener una actitud de "pillaje y rapiña" solicitó en su informe de conclusiones finales que se aplicase la atenuante simple para aquellos acusados que ingresaron las cantidades extraídas en Bankia o en el FROB si bien no pidió ningún tipo de atenuante para aquellos que las consignaron judicialmente, a la espera de la sentencia.

El tribunal ha acordado aplicar la atenuante muy cualificada para los primeros (Sánchez Barcoj, José Manuel Fernández Norniella, Luis Blasco, Matías Amat, Luis Gabarda, Miguel Corsini, Arturo Fernández, Juan Emilio Iranzo, Francisco Javier López Madrid, Jorge Rábago, Virgilio Zapatero, Ricardo Romero de Tejada, Ramón Espinar, Alberto Recarte, Jesús Pedroche, Ignacio de Navasqües, Beltrán Gutiérrez y José María Buenaventura Zabala) y la atenuante simple para los que consignaron las cantidades judicialmente.

Tanto Blesa como Rato tendrán que responder de forma solidaria a todas las cantidades de las que dispusieron los acusados, que las acusaciones fijan en 12 millones de euros. El tribunal tampoco acepta la petición de Bankia de que se aplicase a los dos expresidentes de Caja Madrid la atenuante de reparación del daño porque habían devuelto una parte del dinero porque entiende que esas cantidades son muy inferiores a la propia petición de Bankia de indemnización de carácter solidario de 12 millones de euros.

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